Novedades Laborales |
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Sueldos Diciembre/16 12% de aumento para diciembre, bono del 20%, 2º SAC y 5 feriados [BPN-20/12/16] El pasado 6 de diciembre se homologó el acuerdo paritario del sector que incluye un aumento del 12% sobre los salarios básicos de convenio, un bono no remunerativo de $2000 a abonar con el sueldo del período 02/2017, una "contribución solidaria a cargo de los empleadores" para la obra social de $150 y la modificación del artículo 12 y 33 del Convenio Colectivo de Trabajo. El acuerdo fue firmado entre la Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (FATERYH), la Unión Administradores de Inmuebles (UADI), la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) y la Asociación Inmobiliaria de Edificios de Renta y Horizontal (AIERH). El aumento del 12% logrado por el sector se debe aplicar sobre los valores abonados en el mes de noviembre pasado, o sea la escala salarial vigente desde el mes de junio de 2016. El segundo punto del acuerdo aclara que deberá calcularse de manera proporcional en las categorías de media jornada, diarias o por hora. Los nuevos valores estarán vigentes desde el mes de diciembre de 2016 y hasta mayo de 2017 inclusive. En el tercer punto del acuerdo, se estipula el pago de un bono no remunerativo de $2.000 que deberá abonarse junto con los haberes del mes de febrero de 2017. Agrega textualmente: "Dicho monto será aplicado a todas las categorías del CCT 589/10 (t.o. 2016) en su totalidad" por lo cual se entiende que en este caso no hay proporcionalidad en función del tiempo trabajado y así cobrará el bono de $2000 pesos tanto un trabajador de 8 horas diarias como uno de 4 horas, un suplente o un jornalizado. En cuarto lugar se habla de la "contribución solidaria a cargo de los empleadores" para la obra social de $150 por cada trabajador y que estará vigente desde este mes de diciembre y hasta noviembre de 2018 inclusive. Se aclara que el motivo de esta contribución –que anteriormente se había pagado- "impactó en la mejora de las prestaciones brindadas". Esta contribución será proporcional al tiempo trabajado para las categorías de media jornada, diarios o jornalizados. En el quinto y sexto punto del acuerdo se modificaron los textos del artículo 12 y 33 del convenio colectivo <ver nota>. Bono 20% sobre el básico Desde el año 2015 los trabajadores del sector perciben, junto con el pago de la 2ª cuota del S.A.C. de cada año una suma adicional equivalente al 20% sobre la remuneración básica de cada uno según su categoría y función. Cabe recordar que esta suma no es normal ni habitual en el salario del trabajador, por lo tanto no debe considerarse para el cálculo del SAC. Por este motivo, una vez calculado el aguinaldo sobre la base del mejor sueldo del semestre, se incorpora al recibo la bonificación anual. Segundo SAC 2016 La Ley 27073, publicada en el Boletín Oficial (BO) el 20 de enero de 2015, modificó el Artículo 222 de la Ley de Contrato de Trabajo el texto dice: "El sueldo anual complementario será abonado en dos (2) cuotas: la primera de ellas con vencimiento el 30 de junio y la segunda con vencimiento el 18 de diciembre de cada año. El importe a abonar en cada semestre será liquidado sobre el cálculo del cincuenta por ciento (50%) de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los dos (2) semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año. A fin de determinar la segunda cuota del sueldo anual complementario, el empleador debe estimar el salario correspondiente al mes de diciembre. Si dicha estimación no coincidiere con el salario efectivamente devengado, se procederá a recalcular la segunda cuota del sueldo anual complementario. La diferencia, que resultare entre la cuota devengada y la cuota abonada el 18 de diciembre se integrará al salario del mes de diciembre". Asuetos del 24 y 31 de diciembre El 9 de enero de 2014, la Secretaria de Trabajo homologó un acuerdo (Resolución ST Nº 22) en el que se declaró asueto los días 24 y 31 de diciembre de cada año para los trabajadores de los consorcios que luego se publicó en el BO el 18 de febrero del mismo año. Este diciembre para el sector de la propiedad horizontal habrá 5 feriados: el jueves 8 (día de la Inmaculada Concepción de María), viernes 8 (puente turístico), sábado 24 (víspera de Nochebuena), domingo 25 (Navidad), y sábado 31 (víspera de Año Nuevo). Nueva escala salarial
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