[BPN-25/04/18]
Abril estrena escala salarial con un incremento del 8% sobre la anterior
que se mantendrá vigente hasta el mes de julio inclusive. Así surge del
nuevo acuerdo paritario del sector homologado el pasado 21 de marzo.
Finalmente,
el acuerdo establece:
Abril:
8% de aumento sobre la escala salarial de enero 2018.
Junio:
Pago de $2000 no remunerativos.
Agosto:
Pago de $2000 no remunerativos y 4% sobre la escala salarial de abril
2018.
Septiembre:
Revisión del convenio (cláusula gatillo).
Octubre:
Pago de $2000 no remunerativos.
Como
se puede ver en este tramo del año 2018, habrá que estar muy atento
porque desde abril y hasta octubre inclusive casi todos los meses hay
novedades que liquidar. Se mantienen igual al mes anterior solo el
período correspondiente al mes de mayo y julio.
Abril
también estrena los días no laborables. Cómo se deben entender estos
días está estipulado en el artículo 167º de la Ley de Contrato Laboral
que dice: "En los días no laborables, el trabajo será optativo
para el empleador, salvo en bancos, seguros y actividades afines,
conforme lo determine la reglamentación. En dichos días, los
trabajadores que presten servicio, percibirán el salario simple. En caso
de optar el empleador como día no laborable, el jornal será igualmente
abonado al trabajador". Por lo tanto será el administrador quien
deberá definir si ese día se trabaja o no.
A
la hora de liquidar el sueldo de abril, puntualmente sobre el día 30, hay
tres posibilidades :
1.-
Si el encargado trabaja, se abona normalmente.
2.-
Si el trabajador se ausenta sin autorización del administrador, el día
se descuenta.
3.-
Si el administrador autoriza la ausencia del trabajador el día no se
descontará.
En
el plano de lo formal, el Decreto presidencial 923 del 2017 estipuló que
el 30 de abril es un día no laborable.
Abril
2018: Varios |
1) |
Escala
salarial vigente
(Res. 126/2018) |
Abril
2018 . Se
homologó el acuerdo paritario el 21 de marzo de 2018. |
2) |
Sueldo
Mínimo Vital y Móvil
(Resolución
3-E/2017 BO 27/06/2017) |
*
A partir del 1/07/17 $8860 por mes y $44,30 por hora
*
A partir del 1/01/18 $9500 por mes y $47,50 por hora
*
A partir del 1/07/18 $10000 por mes y $50,00 por hora |
3) |
Asignaciones
familiares |
A
partir del 1º de julio de 2010 la Administración Nacional de la
Seguridad Social liquidará en forma directa las Asignaciones
Familiares de los trabajadores. De esta forma, el Estado Nacional
efectúa los controles sobre las asignaciones familiares de los
trabajadores y quita a los empleadores la carga financiera a través
del pago anticipado del beneficio. |
4) |
Feriados de
abril (2) |
Domingo
1, por Pascua; lunes 2, día del Veterano y Caídos en la guerra de
Malvinas |
5) |
Días
no laborables (1) |
Viernes
30 de abril, por feriado turístico |
6) |
Formulario
931
(Res. 2407/08 y Dto. 1448/08) |
Según
la cantidad de empleados, se debe utilizar el aplicativo
"Declaración en línea" o la versión vigente del SICOSS. |
Abril
2018: Sueldos (Aportes) |
1) |
Aporte
Jubilatorio:
(Dto. 22/2007 – BO 24/1/2007) |
11% |
2) |
INSSJP
(Ley 19032) |
3% |
3) |
Aporte
sindical |
2% |
4) |
Aporte
Obra social |
3% |
5) |
Caja
de Protección a la familia |
1% |
6) |
Fondo
para la Maternidad, Vida, Desempleo y Discapacidad (FMVDD) |
1% |