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Sueldos Julio/2018 [BPN-26/07/18] Después del aguinaldo y la suma no remunerativa del mes pasado, en julio solo hay que liquidar el sueldo, sin ninguna otra novedad y con la misma escala salarial que está vigente desde el mes de abril pasado. La Resolución 126/2018, homologada el 21 de marzo de 2018, estipuló pagar un monto de $6000 no remunerativos en tres cuotas: la primera ya se abonó con el sueldo de junio, la segunda se deberá pagar con el de agosto y la última con el de octubre. En el mes de julio cambió el importe del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) de un valor mensual de $9.500 a $10.000 y por hora de $47.50 a $50, o sea un 5.26%. El valor del SMVM fue modificado por la Resolución 3-E/2017 publicado en el Boletín Oficial del 27 de junio de 2017. Si bien los valores de la escala salarial del sector de la propiedad horizontal son muy superiores, el SMVM se debe tener en cuenta para aquellos casos en que se debe realizar cálculos de embargos. Para tener en cuenta a la hora de liquidar
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