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Sueldos octubre/2018 [BPN-25/10/18] En octubre, los recibos de haberes deberán tener la tercer y última cuota de 2 mil pesos no remunerativos. De esta forma, se terminan de abonar los $6.000 logrados por el sector según la Resolución 126/18 del 21 de marzo pasado. La escala salarial vigente sigue siendo la misma desde agosto, resultado de la Resolución 126/18 y la 143/2018. Día del Trabajador El artículo 13º del Convenio Colectivo del sector establece el 2 de octubre como el día del Trabajador de la Propiedad Horizontal y aclara: "Dicho día el personal estará de franco total de servicio; de trabajarlo, deberá ser abonado independientemente como feriado". Queda claro que si el trabajador hace uso del franco y no trabaja ese día no hay que abonarlo como feriado ni tampoco descontar la inasistencia. Si lo trabaja, se debe abonar el 100% como cualquier otro feriado en el que trabaje. Futuros aumentos Para tener en cuenta el cronograma de aquí hasta el próximo enero y a la fecha, el calendario quedó de la siguiente manera:
Para tener en cuenta a la hora de liquidar
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