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Registro Público de Administradores / SUTERH

Carrillo y Santa María firmaron un convenio de colaboración

El primer abrazo entre Víctor Santa María (PJ Capital) y Horacio Rodríguez Larreta (PRO) se produjo hace ocho años en el Centro Cara & Caretas del SUTERH [*].


[BPN-16/04/20] El pasado 20 de marzo, Facundo Carrillo, secretario de Atención y Gestión Ciudadana de la CABA y Víctor Santa María, secretario general del Sindicato Único de Edificios de Renta y Horizontal (SUTERH) firmaron un convenio de colaboración recíproca con el fin de informar a los administradores de consorcios y a los encargados de edificios sobre las medidas adoptadas para la limpieza e higienización de los espacios comunes de los consorcios de la CABA.

Más allá del compromiso de informar, se destacan dos puntos del acuerdo: el primero es que el sindicato comprometió a los trabajadores del sector a asistir voluntariamente a aquellos propietarios o inquilinos que formen parte del grupo de alto riesgo sanitario y el segundo lo puso en la situación delicada –teniendo en cuenta que el consorcio es su empleador- de denunciar los incumplimientos de la obligación de aislamiento obligatorio poniendo a disposición de los propietarios o inquilinos los canales que ofrecen tanto el Gobierno de la CABA como el de la Nación para reportar dichos incumplimientos.

Ese mismo viernes el SUTERH informó en su sitio web institucional que "luego de reuniones con el gobierno nacional consideramos indispensable que los encargados de edificio realicen tareas mínimas de limpieza en sus lugares de trabajo para colaborar en la lucha contra esta pandemia y brindar una mano solidaria a los vecinos y la sociedad toda".

A la medianoche de ese día comenzó en todo el país el aislamiento social, preventivo y obligatorio.

Dos días después, el 22 de marzo, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) ordenó mediante la Resolución 233/20 que la actividad de los trabajadores y trabajadoras de edificios, con o sin vivienda, se considera esencial hasta el 31 de marzo del año 2020.

El Convenio que Carrillo firmó ad referéndum de la firma del jefe de Gabinete de Ministros, Felipe Miguel, no tenía fecha –aunque el documento definitivo fue creado el 19 de marzo- y hasta ahora no fue publicado en el Boletín Oficial por lo que tampoco se sabe si Miguel lo refrendó.

El convenio

En una redacción poco clara, en los considerandos del acuerdo Carrillo y Santa María señalaron que "las figuras del administrador y de los encargados de edificios de renta y horizontal, asumen un rol protagonista en relación a impulsar, a través de la correcta circulación de la información en materia de la presente emergencia sanitaria, la convocatoria de asambleas para la adopción inmediata de medidas en materia de: higiene, convivencia pacífica, cooperación e integración, como asimismo de denuncia de toda situación antirreglamentaria en relación al incumplimiento de la obligación de aislamiento prevista en el Decreto N° 260/PEN/20, poniendo a disposición de los propietarios y/o inquilinos los canales que ofrece el Gobierno de la Ciudad y de la Nación para reportar dichos incumplimientos".

La segunda cláusula del acuerdo pormenoriza el compromiso del sindicato: "Proveer a los trabajadores y trabajadoras comprendidos en las disposiciones de los Convenios Colectivos de Trabajo Nº 589/10 y 590/10, la información relativa a los beneficios que conllevan en el mencionado contexto, la promoción de acciones solidarias por parte de los trabajadores y trabajadoras de edificios: la correcta higienización de los espacios comunes, la contribución con hacer observar el cumplimiento del aislamiento previsto por el citado Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/2020, y la posibilidad de aquellos asistan voluntariamente en el abastecimiento de aquellos insumos que sean considerados de carácter básico y esencial para el eficaz aislamiento de aquellos propietarios y/o inquilinos que formen parte del grupo de alto riesgo sanitario en caso de contagio, durante el tiempo que dure la cuarentena dispuesta".

A continuación –dentro de la misma cláusula, Carrillo comprometió al GCABA a "solicitar a los administradores de consorcios [por intermedio de la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor] que -por el tiempo que dure esta emergencia- tengan a bien someter a consideración la posibilidad de flexibilizar el tiempo de ausencia del trabajador o trabajadora de edificios para posibilitar al menos dos salidas diarias para realizar las acciones que estos trabajadores y trabajadoras dispongan como necesarias para asistir voluntariamente el abastecimiento básico de los propietarios y/o inquilinos alcanzado dentro del grupo de riesgo anteriormente descripto, y siempre dejando a resguardo la integridad sicofísica de los trabajadores y trabajadoras de edificios" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[*] BPN Nº 483 del 26/12/12: "El SUTERH educará a consorcistas y administradores".

[1] SUTERH del 20/03/20: "Actividades que deben realizar los trabajadores y trabajadoras de edificios".

[2] Ad referéndum: "Dicho de la firma de un convenio o del convenio mismo: Sometido a la aprobación de un órgano superior". Fuente: RAE.

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