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Acuerdo entre la CAPH y el SUTERyH de Córdoba

En Córdoba se normalizó la jornada de trabajo de los encargados

Adm. Juan Carlos Brembilla, presidente de la Cámara de la Propiedad Horizontal de Córdoba [Foto archivo de Pequeñas Noticias]

Adm. Juan Carlos Brembilla, presidente de la Cámara de la Propiedad Horizontal de Córdoba [Foto archivo de Pequeñas Noticias]


[BPN-15/08/20] El pasado 10 de agosto la Cámara de la Propiedad Horizontal (CAPH) y el SUTERyH (Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal) de la ciudad de Córdoba acordaron normalizar las jornadas laborales de 4 y de 8 horas corridas de los encargados de edificios. El acuerdo logrado fue presentado al Ministerio de Trabajo para su homologación aunque entró en vigencia al momento de ser suscripto.

El acuerdo estableció la modalidad de la jornada de trabajo y los descansos que corresponden a los trabajadores de los edificios. Obligó también a los consorcios de Córdoba a proveer a los encargados de los elementos de seguridad necesarios para protegerse del COVID-19 y estableció para los encargados una serie de tareas prioritarias para resguardar a los consorcios y los consorcistas de la pandemia.

Es de destacar que el convenio fue posible –entre otras razones- porque el 2 de julio Córdoba pasó a la "fase 5 con restricciones" de la cuarentena que se ordenó a causa de la pandemia de COVID-19 y desde ese momento quedaron habilitadas actividades como la albañilería y el personal doméstico.

Según informó la CAPH, el acuerdo nació a partir de una solicitud que le realizó esa entidad al Ministerio de Trabajo para que "se expidiera sobre el conflicto existente respecto de ese servicio".

Los funcionarios del Ministerio instaron a las autoridades de la entidad de administradores a llevar a cabo una negociación "en el marco de los principios de solidaridad, colaboración y buena fe, y declinen posiciones que hoy parecen irreductibles, poniendo el máximo esfuerzo que requiere la situación de excepcionalidad que se ha generado con motivo de la pandemia, con el objeto de arribar a soluciones concretas que garanticen la paz social y laboral, la continuidad de la empresa y las fuentes de trabajo".

Finalmente suscribieron el convenio logrado por la CAPH Juan Carlos Brembilla (presidente), Sebastián Viqueira (vicepresidente) y el Dr. Alberto Calvo. En nombre de SUTERyH firmó Hugo Fernández (secretario general), Daniel Bussano (secretario adjunto) y el Dr. Marcelo Chiarini.

Horarios y descansos

Las partes establecieron:

1.- El horario de trabajo en sea corrido.

2.- Los trabajadores cuya jornada de trabajo sea igual o superior a las 8 horas corridas gozaran de media hora adicional para descanso, refrigerio, merienda o cena

3.- También gozaran de otra media hora adicional para su acondicionamiento sanitario a los efectos de morigerar, reducir y evitar su exposición al contagio de COVID-19 o al contacto con lugares sujetos a potencial carga viral por la concentración o tránsito de personas.

Elementos de protección

El acuerdo estipuló que el consorcio debe entregar al trabajador, aparte del equipo de ropa exigido por convenio colectivo del sector:

a) Un barbijo o cubreboca para cada trabajador que éste deberá mantener higienizado.

b) Un par de guantes de goma para sus necesidades laborales.

c) Un protector ocular (gafas, antiparras y/o protección facial) que el trabajador deberá mantener higienizado.

d) Debe haber a disposición de los trabajadores en su lugar de trabajo alcohol en gel o alcohol diluido para la higiene de manos.

e) Lavandina en cantidad suficiente para el desempeño de sus labores.

Tareas a realizar

Dentro de las tareas a realizarse durante la emergencia sanitaria por la pandemia de Covid-19 en virtud de lo previsto en la Resolución N° 233 del Ministerio de Trabajo de la Nación, se consideran imprescindibles entre otras las siguientes:

1) Mantener en perfecto estado de aseo, higiene y limpieza de pisos, picaportes, manijas, tableros, porteros, vidrios y espejos tanto de espacios comunes como de ascensores e ingresos.

Asimismo en oportunidad que no se encuentren los trabajadores realizando las tareas referidas con anterioridad, se considera imprescindible también la higiene y limpieza de los espacios comunes, pasillos, palieres, ingresos y cochera.

2) Retiro de residuos.

3) Avisar al administrador y de ser necesario a las autoridades públicas, de inmediato toda novedad que se produjera en el edificio durante su jornada de labor, y las relacionadas a las disposiciones dictadas por las autoridades nacionales, provinciales y municipales sobre "aislamiento social, preventivo y obligatorio" a los fines de proteger la salud pública.

4) Controlar el funcionamiento de las máquinas e instalaciones del edificio y dar avisos al servicio técnico respectivo por problemas, inconvenientes o desperfectos en los servicios comunes esenciales del edificio.

5) Colaborar en la comunicación entre la administración y los consorcistas por requerimientos importantes.

6) Acercar la correspondencia que arribe al edificio a los distintos consorcistas Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


    

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