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Novedades Sindicador de Empleados de Administradoras (SEARA)


Empleados de administradores

Saldivia consiguió aumentos hasta fin de año

[BPN-15/09/25] El pasado 28 de agosto las tres entidades de administradores y el Sindicato de Empleados de Administradores (SEARA) firmaron un acuerdo que otorgará un aumento del 1,5% y un bono de 40 mil pesos durante los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre a calcular sobre la escala de agosto.

Textualmente el acuerdo reza:

...las partes acuerdan otorgar un aumento salarial del 1,5% y una suma fija remunerativa de $40.000 para los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2025 sobre el salario de agosto de 2025.

Aclararon también que los últimos 40 mil pesos (diciembre) "se incorporarán a los básicos en su valor nominal en el mes de enero de 2026". Esta modalidad de incorporar las sumas fijas a las escalas salariales es muy conocida en la comunidad consorcial por ser una práctica habitual en los acuerdos con el SUTERH.

El tercer acuerdo sin homologar

Es de recordar que éste es el tercer acuerdo salarial firmado que todavía no fue homologado. Si por alguna razón azarosa del destino no es homologado o se debe cambiar el acuerdo firmado, todos los cálculos de este último acuerdo firmado también deberían ser modificados.

El 23 de junio las tres entidades de administradores que representan a los empleadores habían firmado con SEARA un acuerdo salarial que otorgó a sus empleados administrativos un salario básico bruto de 1.068.000 pesos mensuales y a los cadetes uno de 854.280 pesos mensuales [1].

El 23 de julio la CAPHyAI anunció que el día anterior firmó un acuerdo que otorgó a los empleados de los administradores un aumento del 1,4% de aumento en julio y un 1,5% en agosto y un bono remunerativo de 40 mil pesos para cada uno de esos meses [2].

Errores de cálculo

Si bien el convenio salarial firmado dice claramente que los porcentajes acordados son "sobre el salario de agosto de 2025" las cuentas de las planillas salariales adjuntas fueron calculadas sobre la del mes anterior.

Si hubieran querido que el aumento de cada mes se calcule sobre la escala del mes anterior debieron haber expresado en el acuerdo una fórmula del tipo: "a calcular sobre la escala del mes anterior" u otra aclaración parecida, pero no lo hicieron.

A los efectos de la explicación se omitieron los bonos de 40 mil pesos porque se trata de una suma simple.

En septiembre no hubo errores porque esa cuenta era la más sencilla, se debe sumar a la escala de agosto el 1,5% acordado para septiembre. O sea que –en el caso de los cadetes- a los 879.234 pesos mensuales se le deben sumar 13.188,50 (879.234 x 1,5 / 100 = 13.188,50) lo que da 892.422.

En octubre -como el acuerdo dice que el 1,5% se debe calcular sobre agosto- a los 892.422 se le debe sumar otra vez los 13.188,50 que resultaron de calcular el 1,5% de agosto. O sea que el total deben ser 905.610,5 pesos mensuales y no los 905.808,35 que presentaron para homologar. Una diferencia de 197,83 pesos en la escala salarial que se considera inadmisible a la hora de liquidar sueldos por la cascada de consecuencias que puede traer aparejadas.

Si la Secretaría de Trabajo no controla las escalas salariales con el texto de acuerdo homologará un acuerdo que en su articulado dice una cosa y en sus escalas dice otra. Esta ambigüedad será un festín para los abogados laboralistas y un infierno para contadores y liquidadores de sueldos.

En noviembre se repite el error. Se calcula el 1,5% de aumento sobre la escala del mes anterior y no sobre la de agosto. Los cálculos arrojan que la escala de cadete debe ser de 918.799 pesos y no los 919.395,47 que pretenden homologar los paritarios. Como suele suceder en este tipo de errores, ahora la diferencia es mayor y sube a los 596,44 pesos por mes.

En diciembre vuelve a repetirse el error. Toman el valor de la escala de noviembre y le suman un 1,5% de aumento en lugar se sumarle el 1,5% sobre la escala de agosto como ellos mismo acordaron. El cálculo correctamente hecho da una escala para los cadetes de 931.987,5 pesos mensuales y no los 933.186,4 que pretenden homologar. A esta altura la diferencia ya es de 1.198,87 pesos.

En el caso de los administrativos la diferencia entre el cálculo correcto y el que se está tratando de homologar es mayor. Como ya se adelantó, a estos valores hay que sumar el bono de 40 mil pesos.

Período

Sobre agosto

Para homologar

Diferencia

septiembre/2025

1.115.684,22

1.115.684,22

0,00

octubre/2025

1.132.172,17

1.132.419,48

247,31

noviembre/2025

1.148.660,11

1.149.405,77

745,66

diciembre/2025

1.165.148,06

1.166.646,85

1.498,79

Es incomprensible que ni el sindicato –que se supone que ésta es su actividad principal- ni las entidades de administradores de consorcios que por la naturaleza misma de su trabajo debieran tener amplia experiencia en controlar liquidaciones de sueldos se hayan sentado a revisar lo que estaban firmando.

Los signatarios

Entre otros, firmaron el acuerdo Gabriela Pilar Saldivia (SEARA), el Adm. Guillermo Alejandro Casella y el Adm. Miguel Ángel Summa (CAPHyAI), Dr. Raúl Marcelo Costa (AIERH) y el Dr. Osvaldo Emilio Primavesi (UADI) Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] BPN Nº 784 del 15/07/25: "El acuerdo de SEARA de junio todavía no fue homologado".

[2] BPN Nº 806 del 15/08/25: "Ahora a los acuerdos del SUTERH se suman los de SEARA".

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