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Electrodependientes: necesitan energía eléctrica constante por razones médicas.

Electrodependientes: necesitan energía eléctrica constante por razones médicas.

Congreso de la Nación

Ya hay cuatro proyectos para proteger a electrodependientes

[BPN-01/09/16] Legisladores nacionales presentaron a la Cámara de Diputados de la Nación cuatro proyectos de ley para establecer tarifas diferenciales del servicio eléctrico a las personas electrodependientes, uno tiene fecha del 2 de agosto, dos fueron presentados el 11 de julio y el restante el 5 del mismo mes.

Todos los proyectos consideran que las personas electrodependientes por cuestiones de salud son aquellas que necesiten un servicio de energía eléctrica constante para poder alimentar aquellos equipos que hayan sido prescriptos por un médico. Tres de ellos estipulan la creación de un Registro Nacional de Usuarios Electrodependientes (4.323, 4.627 y el 4.294). Dos obligan a las empresas de servicio eléctrico a otorgarles un grupo electrógeno o generador portátil sin cargo a sus usuarios electrodependientes. A diferencia de los otros tres, uno propone la modificación de la Ley de Protección Integral para Discapacitados (Ley 22.431) y que el registro de usuarios electrodependientes esté a cargo de las empresas prestadoras de este servicio. Mientras que en uno esta obligación recae en el Ente Regulador de Energía Eléctrica (ENRE), en otro proyecto lo hace en el Poder Ejecutivo Nacional.

Los legisladores pertenecen a los bloques: Frente para la Victoria, Bloque Justicialista y el Peronismo para la Victoria. Sus números de expedientes son: 4.627, 4.294, 4.323 y 4.216.

Proyecto 4.627

Esta iniciativa establece que el ENRE cree un Registro Nacional de Pacientes Electrodependientes a quienes se les otorgará una tarifa especial que será determinada por decreto reglamentario. 

Fue presentado el 2 de agosto por seis legisladores de Peronismo para la Victoria: Andrés Ernesto Guzman (Córdoba), Leonardo Grosso (Buenos Aires), Lucila De Ponti (Santa Fe), Remo Gerardo Carlotto (Buenos Aires), Silvia Horne (Río Negro) y Araceli Ferreyra (Corrientes) <texto original>.

Proyecto 4.294

Propone que las personas electrodependientes por cuestiones de salud gocen de un tratamiento tarifario especial gratuito del servicio de electricidad. Para garantizar el servicio eléctrico de forma permanente los medidores de estos usuarios deberán ser identificados para diferenciarse del usuario regular. Dado que el servicio se puede interrumpir por causas de fuerza mayor, la empresa deberá otorgarle a cada usuario categorizado como electrodependiente "un grupo electrógeno sin cargo, capaz de brindar la energía eléctrica necesaria para satisfacer las necesidades del usuario, en virtud de sus registros promedio".

Este proyecto fue presentado el 11 de julio por siete legisladores del Frente para la Victoria (FpV): Carlos Daniel Castagneto (Buenos Aires), Liliana Amalia Mazure (Ciudad De Buenos Aires), Adrián Eduardo Grana (Buenos Aires), María Teresa García (Buenos Aires), Ana Carolina Gaillard (Entre Ríos), Diana Beatriz Conti (Buenos Aires) y Andrés Larroque (Ciudad de Buenos Aires). Cuenta con 9 artículos de los cuales uno es de forma <texto original>.

Proyecto 4.323

El 11 de julio, el diputado Carlos G. Rubin perteneciente al Bloque Justicialista, presentó un proyecto de ley que pretende garantizar "la provisión de suministro estable y continuo de energía eléctrica" a los hogares con usuarios electrodependientes.

Este proyecto propone incorporar a la ley que establece el sistema integral de protección de las personas con discapacidad (Ley N° 22.431) el artículo 7° bis: "Las personas con discapacidad consideradas electrodependientes por cuestiones de salud tienen derecho prioritario a un suministro estable y continuo de energía eléctrica, por tanto quedan exentas del pago del servicio de energía eléctrica, derechos de conexión y otros gravámenes". Para poder acceder a este beneficio los usuarios deben contar con el Certificado Único de Discapacidad y acreditar la posesión del equipamiento necesario para el tratamiento prescrito por orden médica (Art. 4°).

Esta iniciativa obliga a las empresas prestatarias del servicio de energía eléctrica a:

1. Garantizar la provisión de un suministro estable y continuo de energía eléctrica a sus usuarios considerados electrodependientes por cuestiones de salud.

2. Otorgarles un generador portátil de energía eléctrica.

3. Crear y mantener actualizados registros de usuarios electrodependientes.

4. En caso de cortes temporarios programados con el objeto de mejorar el servicio, notificar al usuario con al menos diez (10) días de antelación.

De ser aprobado este proyecto la autoridad de aplicación sería el Ministerio de Energía y Minería que deberá reglamentarlo en 30 días a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

El proyecto N° 4.323 cuenta de siete artículos, de los cuales uno es de forma <texto original>.

Proyecto 4.216

Ocho legisladores del FpV presentaron el 5 de julio un proyecto de ley que propone un "régimen especial de Tarifa Social del servicio de energía eléctrica" para usuarios electrodependientes por cuestiones de salud, los que cuenten con Certificado de Discapacidad, titulares del derecho a la AUH [1] y jubilados o pensionados que perciban un monto equivalente a dos veces el haber mínimo nacional.

La bonificación corresponde a determinado número de kilowatts por mes. Quienes perciban la AUH se le bonificaran 100 kwts/mes por cada niño, a los jubilados o personas con discapacidad 300kwts/mes y a los usuarios electrodependientes por cuestiones de salud la Tarifa Social va a ser de un 100% de su consumo.

El proyecto cuenta con 10 artículos, uno de ellos de forma, y está firmado por: Rodrigo M. Rodríguez (Buenos Aires), Carlos. D Castagneto (Buenos Aires), Andrés Larroque (Ciudad De Buenos Aires), Sandra M. Mendoza (Chaco), Adrián Eduardo Grana (Buenos Aires), María Emilia Soria (Río Negro), Juan Manuel Huss (Entre Ríos) y Ana Carolina Gaillard (Entre Ríos) <texto original> Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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