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Palabras Comunes Consorcios 1 - Aguas Argentinas 0 Una nueva sentencia a favor de los consorcios (y por lo tanto de los consorcistas), ha nacido. Un consorcio de la calle Catamarca inició una acción de amparo contra la empresa Aguas Argentinas debido al corte de suministro del servicio de agua potable y cloacas por facturas impagas. En el caso, el consorcio impugnó una serie de facturas emitidas por la empresa, ante lo cual ésta les cortó el servicio. El consorcio solicitó que, como medida cautelar, se restituyera el suministro hasta que las impugnaciones se resolvieran en forma definitiva. Hace algunos días, tuvo bastante resonancia en los medios el fallo a favor del Defensor del Pueblo de la Nación, que condena a la empresa Aguas Argentinas a cambiar su sistema de facturación respecto de los consorcios. La empresa aún no lo ha hecho. El consorcio que inició el juicio (concretamente una acción de amparo), intentó que la empresa cumpliera con esta nueva forma de facturación individual impuesta por
aquella sentencia, presentando varios reclamos e impugnaciones, recibiendo siempre negativas dilatorias. Como Aguas Argentinas continuó facturando sin ningún cambio, el consorcio dejó de abonar las facturas hasta tanto se resolvieran las impugnaciones. Como consecuencia de todo esto, Aguas Argentinas (sin haber resuelto las impugnaciones, y sin cambiar su sistema de facturación) comunica al consorcio el inminente corte del servicio de agua corriente y cloacas. Es por ello que el consorcio inicia una acción de amparo para evitar el corte, a través de la solicitud de una medida cautelar que lo suspendiera. Felizmente, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal (en el caso la Sala IV), resolvió "[ordenar] a Aguas Argentinas que se abstenga de cortar -o en su caso restituya- los servicios de agua potable y cloacales en el inmueble sito en […], hasta tanto se resuelvan -en forma definitiva- las impugnaciones realizadas respecto de las facturas motivo de la disposición impugnada". Por fortuna, el fallo a favor del Defensor del Pueblo de la Nación que conmina a Aguas Argentinas a facturar, en el caso de los consorcios, en forma individual a cada unidad funcional y según la tarifa básica -sin medidor-, ha tenido la suficiente repercusión como para que ya sean varios los edificios que reclamen la modificación en su forma de facturar. Nuestra Fundación recibe diariamente, innumerable cantidad de denuncias respecto de este problema, ante lo cual iniciamos las correspondientes actuaciones. Es de anhelar que en un futuro próximo, esta empresa adecue su sistema de facturación para todos los consorcios, sin esperar que cada uno se vea obligado a acudir a los Tribunales en reclamo de Justicia. Fundación Liga del Consorcista de la Propiedad Horizontal |
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