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Registro Público de Administradores porteño Las infracciones al artículo 9º de la Ley 941 en el primer puesto [BPN-15/01/23] Durante el 2022 las infracciones contra el artículo 9º de la Ley 941 (Obligaciones del administrador) crecieron un 374% con respecto al año anterior. Mientras que en 2021 se publicaron 157 disposiciones por infracciones a este artículo en 2022 ese número creció a 744. O sea que de cada 100 multas publicadas contra administradores el año pasado 85 fueron por infracción al artículo 9º.
Le siguieron en importancia las infracciones contra el artículo 10º (Las liquidaciones de expensas) que se incrementaron un 221%, contra el artículo 12º (Declaraciones juradas) que subieron un 387% y contra el artículo 15º (Infracciones) que crecieron un 411%. Así surgió del análisis de las 824 multas publicadas en el Boletín Oficial contra 873 administradores de consorcio durante el 2022 por infracciones a la Ley 941 que en su momento creó un Registro Público de Administradores (RPA) en la CABA.Es de resaltar que una disposición sancionatoria puede ser ordenada contra más de un administrador y en general incluye la infracción contra más de un artículo, tanto de la Ley 941 como de la 757. Artículo 9º (Obligaciones del administrador) De la mano de las infracciones ordenadas por no haber dispuesto en alguno de los edificios que administran dos recipientes diferenciados para residuos húmedos [negros] y secos [verdes], las multas por infracción al inciso ‘b’ del artículo 9º de la Ley 941 -conservación de las partes comunes y el cumplimiento de la normativa vigente- encabezó el podio con 442 infracciones. Un crecimiento del 505% con respecto al año anterior.
Le siguieron las infracciones al inciso ‘f’ -conservar la documentación del consorcio y garantizar el libre acceso de los consorcistas a la misma- con un crecimiento del 246%, las infracciones al inciso ‘j’ -convocar a las asambleas ordinarias o extraordinarias- con un incremento del 362%, al inciso ‘h’ -depositar los fondos del consorcio en una cuenta bancaria a nombre del consorcio- con un crecimiento del 414% y ‘l’ -los recibos de pagos de expensas- que subieron 148%. Artículo 10º (liquidaciones de expensas) Este artículo detalla pormenorizadamente qué elementos deben constar obligatoriamente en las liquidaciones de expensas. El año pasado encabezó la lista con 214 sancionados la infracción al artículo ‘e’ del artículo 10 º de la Ley 941 -detalle de los pagos por suministros, servicios y abonos a contratistas- con 214 multas y un crecimiento de un 257% con respecto al año pasado.
En segundo lugar se encontró el inciso ‘f’ -detalle de pagos por seguros- con un aumento del 238%. En el tercer puesto se encuentra el inciso ‘i’ -incluir el resumen de movimientos de la cuenta bancaria- con un incremento del 180% en la cantidad de multas. Al cuarto puesto accedió el inciso ‘a’ –falta de datos del administrador- que creció un 204%. Por último, las faltas por infracción al inciso ‘b’ –falta de datos del consorcio- se incrementaron en un 288% con respecto al año anterior |
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