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Registro Público de Administradores porteño

Cambios en la presentación de las DDJJ anuales

Edificio Cruz de Malta, nueva sede del Registro Público de Administradores porteño [Foto Pequeñas Noticias].

Edificio Cruz de Malta, nueva sede del Registro Público de Administradores porteño [Foto Pequeñas Noticias].


[BPN-15/09/24] El pasado 19 de agosto Carlos Traboulsi, director general de Defensa y Protección al Consumidor porteño, dispuso que la declaración jurada que los mandatarios deben presentar anualmente ante el Registro Público de Administradores (RPA) debe ser firmada por el consejo de propietarios antes de ser presentada y que los propietarios puedan acceder a la información provista. También ordenó agregar a las actas de asambleas que se deben adjuntar a las declaraciones juradas tres requisitos nuevos.

El acta de asamblea que se debe acompañar junto con el trámite de Declaración Jurada Anual de Consorcios Administrados debe reflejar en forma clara:

1.- El quorum de la reunión con detalle de los consorcistas presentes.

2.- Las decisiones adoptadas en forma detallada y precisa (por ej. obras a realizar).

3.- El plan de adecuación de obras de mantenimiento y seguridad que se establezca por ley.

Así lo ordenó mediante la Disposición 5371 (BO: 26/08/24) que modificó el "Instructivo para los trámites de presentación de DDJJ correspondientes al año 2023" (artículo 1º).

En detalle

En el punto 5 del formulario "Registro de Administradores de Consorcios – Matrículas" se agregó que el curso de capacitación que se adjunte deberá ser "expedido por una entidad autorizada".

Se modificó el punto 3ºde formulario "Registro de Administradores Consorcios Presentación Anual Declaración Jurada". Se debe adjuntar para cada consorcio:

Acta de Asamblea de designación y/o renovación del mandato del administrador como así también de aprobación de la rendición de cuentas respectiva (conforme inciso ‘b’ del artículo 12º de la Ley N° 941), destacando en dicha acta el punto del orden del día donde se trata la moción y se aprueba. El acta deberá reflejar en forma clara el quorum de la reunión con detalle de los consorcistas presentes, como así también las decisiones adoptadas en forma detallada y precisa (por ej. obras a realizar). De igual forma, el acta deberá contener, en su caso, el plan de adecuación de obras de mantenimiento y seguridad que se establezca por ley.

Al final del instructivo se agregó un párrafo en la página 5 que reza:

Al cumplir con la presentación de la Declaración Jurada Anual (AJG00504A), el administrador autoriza a los consorcistas que acrediten su interés legítimo con la documentación correspondiente del consorcio en cuestión, a acceder a la información provista en la misma. Se entiende que existe autorización del administrador al consorcista, salvo que aquel se oponga fundadamente y el RPA lo autorice, para que los consorcistas puedan acceder y efectuar el control de las DDJJ. En el caso que exista Consejo de Propietarios, éstos deberán visar previamente las DDJJ antes de su presentación al RPA.

Fundamentos

El director no brindó los motivos de estas nuevas obligaciones y en los "considerandos" se limitó a describirlos en dos párrafos:

1.- "...resulta necesario aclarar en el nuevo instructivo que el acta de asamblea que se debe acompañar junto con el trámite de Declaración Jurada Anual de Consorcios Administrados, debe reflejar en forma clara el quorum de la reunión con detalle de los consorcistas presentes, como así también las decisiones adoptadas en forma detallada y precisa (por ej. obras a realizar). De igual forma, el acta deberá contener, en su caso, el plan de adecuación de obras de mantenimiento y seguridad que se establezca por ley".

2.- "...resulta necesario modificar el instructivo aclarando que en el trámite de presentación de la Declaración Jurada Anual de consorcios administrados, el administrador autoriza expresamente a los consorcistas que acrediten su interés legítimo con la documentación correspondiente del consorcio en cuestión, a acceder a la información provista en la misma, como así también, en el caso que exista consejo de propietarios, éstos deberán visar previamente las DDJJ antes de su presentación al RPA" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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