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Defensa y Protección al Consumidor porteño La documentación del consorcio está bien guardada [BPN-15/10/24] Desde 2013 a la fecha el 25,3% de las multas que se publicaron en el Boletín Oficial contra administradores de consorcios fueron por no conservar la documentación del consorcio y/o no garantizar el libre acceso de los consorcistas a la misma. Del análisis del porcentaje de sanciones por infracciones al inciso ‘f’ del artículo 8º de la Ley 941 se observa que subió casi ininterrumpidamente a tasas chinas con pequeños baches desde 2013 hasta 2020.
Desde la pandemia hasta 2022 bajó más de 8 puntos porcentuales para dispararse a casi un 41% del motivo de las multas publicadas en lo que va de este año. O sea que en promedio durante esos años de cada cuatro administradores sancionados uno fue por no garantizar la libre documentación del consorcio a uno o más copropietarios. Para terminar de subrayar el tema, esta inexplicable falta generó multas por más de 65 millones de pesos o más de medio millón de dólares. Contexto Esta estadística hay que entenderla en el marco de la obligación que impuso a los administradores el director general de Defensa y Protección al Consumidor porteño de incorporar en sus liquidaciones de expensas un código QR o un hipervínculo que permita a los consorcistas acceder en forma irrestricta a la documentación relacionada con la liquidación de expensas de ese periodo. Esta obligación la impuso Carlos Traboulsi el pasado 23 de febrero mediante la Disposición 1.146 y su ANEXO y otorgó 60 días para su implementación que luego prorrogó hasta el 31 de julio (otros 90 días) [1]--- [1] BPN Nº 776 del 15/05/24: "Ahora el QR será obligatorio recién en julio". |
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