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Defensa y Protección del Consumidor porteño Nuevo Manual de Buenas Prácticas Consorciales [BPN-15/02/25] El pasado 31 de enero el director general de Defensa y Protección del Consumidor porteño, Carlos Traboulsi, aprobó un Manual de Buenas Prácticas Consorciales y ordenó que a partir del 1º de abril sea obligatoria su incorporación en las liquidaciones de expensas mensuales mediante un hipervínculo, un código QR o adjunto en un correo electrónico. Como segunda novedad obligó también a compartir -mediante los mismos medios- copia del reglamento de propiedad horizontal del consorcio. Los administradores que incumplan esta nueva norma podrán ser sancionados por incumplimiento al inciso ‘d’ del artículo 15º de la Ley 941 que reza:
Así lo ordenó mediante la Disposición 521 [ vínculo] publicada en el Boletín Oficial del 5 de febrero. El Manual de Buenas Prácticas Consorciales está contenido en el anexo de la disposición [vínculo].Su artículo 2º textualmente ordenó:
Contenido El manual aborda 18 temas relacionados con la propiedad horizontal y proporciona modelos de diferentes escritos y modelos de expensas. En el anexo se reproduce lo que Defensa del Consumidor consideró más relevante de la normativa nacional y local. Todo el manual de desarrolla a los largo de 50 carillas. Literalmente su índice trata los siguientes temas:
El anexo reproduce las siguientes normas:
Fundamentos En los considerandos de la norma Traboulsi explicó: "se ha elaborado un Manual de Buenas Prácticas Consorciales que describe los derechos y obligaciones de los consorcistas y administradores de consorcios, brindando información útil a todos aquellos actores vinculados al régimen de propiedad horizontal en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el objeto de lograr a través de la información un camino exitoso hacia el bien común del consorcio". Y
agregó que es conveniente que "los administradores de consorcios
incorporen dicho Manual de Buenas Prácticas Consorciales junto con el
correspondiente Reglamento de Propiedad Horizontal de cada consorcio a la
documentación que deben adjuntar a la liquidación de expensas mediante
el QR o hipervínculo o cualquier otro medio fehaciente, como por ejemplo
correo electrónico, a los efectos que en forma permanente esté al
alcance de todos los actores consorciales dicha documentación" --- [1] BPN Nº 784 del 15/09/24: "Acuerdo con la Dirección General de Mediación y Convivencia Vecinal". |
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