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Defensoría del Pueblo de la CABA Dura crítica a disposiciones de Gallo [BPN-26/06/13] El Dr. Norberto Darcy, jefe del Área de Consumidores, Usuarios y Administrados de la Defensoría del Pueblo de la CABA, expresó que "en estos últimos tiempos hubo disposiciones tendientes a regular aspectos del Registro que lo único que hacen es encarecer las expensas […están…] absolutamente fuera de lugar y encima han sido impugnadas judicialmente". Además, manifestó que "el RPA (Registro Público de Administradores), que estaba pensado para un control de los administradores y un refugio -aunque con limitaciones- para los consorcistas, hoy está totalmente desvirtuado". De esta forma se refería Darcy a disposiciones ordenadas por el Dr. Juan Manuel Gallo, director general de Defensa y Protección del Consumidor (DGDyPC), en su calidad de autoridad de aplicación de la Ley 941 que creó el Registro Público de Administradores (RPA). Sobre la Disposición 2.246/11 ("Máscara de humo") y la Disposición 1.698 ("Curso del SERACARH") ya se había expedido negativamente la Defensoría del Pueblo en su momento.
El funcionario realizó estas declaraciones durante el transcurso de la Jornada de Derechos del Consumidor sobre "Proyectos de ley de protección del consumidor y el usuario en la Ciudad de Buenos Aires" que se desarrolló el lunes 10 de junio en el Salón Rodolfo Ortega Peña de la Defensoría del Pueblo de la CABA en la calle Piedras 574. De la misma también participaron el Dr. Andrés Elisseche, defensor adjunto del Pueblo de la CABA, el presidente de la Comisión de Consumidores y Usuarios de la Legislatura, Dr. Rubén Campos (UCR), y el legislador Edgardo Form (Nuevo Encuentro). La protección del consorcista En términos generales, el Dr. Darcy explicó que "el legislador de la Ciudad consideró que el RPA debía pertenecer al ámbito de Defensa del Consumidor -un tema opinable- con la idea de asimilar al consorcista como consumidor y al administrador como proveedor de servicios", y agregó puntualmente: "por lo cual cualquier disposición emanada en ese sentido debería tener como principal destino la protección del consorcista". Por otra parte, reflexionó sobre los orígenes del Registro: "el RPA se creó en el año 2002. Era loable porque todos los que viven en consorcios saben las dificultades que siempre se han generado con respecto a los administradores o al cobro de las expensas. Por eso en la Ciudad pusieron un Registro, [...] con la intención de que, por un lado, los consorcistas tengan un lugar donde reclamar algunas cuestiones, mientras que por el otro, para controlar la actividad de los administradores". Las máscaras antihumo El
funcionario también se refirió a la Resolución 2.246/11 que obligó, en
su momento, a los consorcios a suministrarles a los encargados máscaras
de escape y protección respiratoria, la cual fue derogada a principio de
año por la Disposición 11/13: "tampoco se entiende cuál fue el
sentido, por ejemplo, de crear y obligar al administrador a comprarles
máscaras a los encargados -para que sean una especie de socorristas- que
además encarecieron las expensas", y agregó "uno después
advierte que fueron sólo dos los proveedores de esas máscaras en la
Ciudad de Buenos Aires" |
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