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Petitorio de AIPH Que se suspendan las DDJJ hasta que el aplicativo funcione [BPN-04/06/15] El pasado miércoles 13 de mayo, AIPH [1] solicitó formalmente a la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor (DGDyPC) porteña que se suspenda la exigibilidad de las DDJJ (Declaraciones Juradas) anuales hasta tanto no se "resuelvan definitivamente las permanentes deficiencias en el sistema de registración de los administradores de consorcios de propiedad horizontal" y que "se adopten medidas para que en el próximo ciclo de presentación de las DDJJ no vuelva a ocurrir lo que ha venido aconteciendo cada año". Se ofreció también a "reunirse, realizar aportes, testear las plataformas antes de que sean aprobadas y cualquier otra actividad que sea útil para conseguir el objetivo". Las DDJJ a las que hace referencia la entidad de administradores son las que surgen del artículo 12º de la Ley 941 que –en su oportunidad- creó un Registro Público de Administradores (RPA) en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Textualmente dispone: "los administradores inscriptos en el Registro creado por esta ley, deben presentar anualmente un informe […] que tendrá carácter de declaración jurada". Este artículo detalla en cinco incisos el contenido obligatorio que deben poseer.
La solicitud ingresó por mesa de entrada en la nueva sede del RPA porteño, en la calle Maipú 169 de esta ciudad. La nota que fue firmada por el Adm. Marcelo Ruiz, en su calidad de presidente de AIPH, estaba dirigida específicamente al Crio Mayor (r) Edgardo Aoun, director general de DyPC. En la presentación se adjuntaron circulares del Gobierno porteño, notas periodísticas de Pequeñas Noticias, disposiciones, leyes, presentaciones del Adm. Gustavo Karcher, responsable de prensa y difusión de la entidad, y correos electrónicos entre Karcher y funcionarios porteños. Fundamentos AIPH argumentó en su escrito que el mal funcionamiento del aplicativo para realizar las DDJJ "genera una incertidumbre de grandes proporciones para los administradores de consorcios que corren el riesgo de ser suspendidos o expulsados de la matrícula, es decir, de perder su carrera profesional para la cual se han preparado y tienen experiencia, además de quedar sin trabajo". Para la asociación "pese a todas las idas y vueltas a las que ya estaban sometidos los administradores, las deficiencias continúan. La primera parte del trámite se puede completar pero resulta imposible completar la segunda parte". De acuerdo a la entidad, "más allá de que no sea objeto de esta acción, resulta de notorio conocimiento para las personas vinculadas a esta disciplina que en los últimos tres años se han generado desde la administración una innumerable cantidad de normas, regulaciones y cargas que no solo convirtieron en mucho más engorrosa la actividad sino que también encarecieron enormemente las expensas. Alcanza con recurrir a cualquier liquidación de expensas para comprobar la serie de exigencias hasta entonces inexistentes que se impusieron. Varias de esas normas han sido declaras ilegales en la justicia", y agregó: "la acción denunciada resulta arbitraria porque imponer estos requisitos a quienes desarrollan estos emprendimientos antes de verificar el funcionamiento de las herramientas tecnológicas necesarias para cumplir con esa exigencia, resulta una conducta irrazonable que debe ser reparada de inmediato antes de que continúe causando perjuicios". "La conducta accionada vulnera claramente derechos constitucionales tanto a nivel nacional como local", afirmó AIPH y explicó que: "generar a quienes son titulares de emprendimientos de pequeño o mediano porte -como son los administradores de consorcio-, esta serie de requisitos burocráticos de inscripción que son complejos de procesar y no proveer de las herramientas necesarias para cumplir con estas exigencias, constituye una clara afrenta al Art. 43° de la Constitución local que expresa: ‘la ciudad protege al trabajo en todas sus formas’". Otros reclamos Es de recordar que en el transcurso del último año hubo varias quejas y reclamos por parte de AIPH ante la imposibilidad de cumplir con la Ley 941. En detalle, el 18 de septiembre de 2014 inició un recurso de amparo contra el Gobierno porteño para que suspenda a los matriculados en el RPA la exigibilidad de las DDJJ correspondientes al año 2013. Además, en noviembre de ese mismo año, el Dr. Ezequiel Nino, asesor jurídico de la entidad, anunció que iba a iniciar un nuevo recurso de amparo contra el Gobierno de la CABA por el mal funcionamiento del sistema. El recurso finalmente se presentó el mes pasado cuando las DDJJ 2013 ya estaban cerradas y se espera el aplicativo para hacer las del 2014. Por
su parte, el Adm. Gustavo Karcher, presentó 6 acciones
administrativas durante el 2014 ante entidades locales y nacionales en
contra del Registro por el incorrecto funcionamiento del aplicativo online
--- [1] AIPH: Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal AIPH. |
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