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Defensa y Protección del Consumidor porteño Por quinta vez se prorrogó el mandato de los administradores Sede de Defensa y Protección del Consumidor y el Registro Público de Administradores de la CABA [foto Google Street View]. [BPN-15/09/20] Por quinta vez la directora general de Defensa y Protección del Consumidor porteño, Vilma Bouza, prorrogó por disposición el mandato de los administradores de consorcios porteños. El nuevo vencimiento será el próximo el 30 de septiembre. Así lo dispuso el 1º de septiembre mediante la Disposición 4416 que se publicó en el Boletín Oficial el 4 de septiembre. En su parte resolutiva la nueva disposición es un "copia y pega" –salvo la fecha de vencimiento de la prórroga- de la anterior manteniendo la contradicción entre el artículo primero, el segundo y el tercero sobre la realización de las asambleas presenciales. Mientras que en el primero las prohíbe, en el segundo las habilita si es urgente e impostergable la revocación del mandato del administrador y su rendición de cuentas. Es de recordar que sobre la validez de la realización de asambleas virtuales hay dos posiciones claramente diferenciadas, mientras la CAPHyAI (Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias) dictaminó que las asambleas de propietarios deben ser presenciales [1] la Liga del Consorcista consideró que las virtuales son válidas [2]. La quinta prórroga La primera vez lo prorrogó hasta el 31 de mayo [3], la segunda hasta el 30 de junio [4], la tercera hasta el 31 de julio [5] y la cuarta hasta el 31 de agosto [6]. Desde la firma de la primera disposición el 3 de abril hasta el último vencimiento habrán transcurrido 5 meses, y 27 días. Textual Igual que su predecesora, la Disposición 4.416 consta de seis artículos de los cuales uno es de forma.
--- [1] BPN Nº 684 del 16/07/20: "La CAPHyAI dictaminó que las asambleas deben ser presenciales". [2] BPN Nº 684 del 16/07/20: "Las asambleas virtuales en cuarentena son válidas". [3] BPN Nº 678 del 16/04/20: "Se prorrogó el mandato de los administradores hasta fin de mayo". [4] BPN Nº 682 del 15/06/20: "Ahora el mandato de los administradores vence el 30 de junio". [5] BPN Nº 684 del 16/07/20: "Por tercera vez se prorrogó el mandato de los administradores". [6] BPN Nº 686 del 15/08/20: "Ahora el mandato de los administradores será hasta el 31 de agosto". |
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