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Defensa y Protección del Consumidor porteño ¡Se va la sexta! El mandato de los administradores vence el 31 [BPN-15/10/20] Por sexta vez fue prorrogado el mandato de los administradores de consorcios porteños por Vilma Bouza, directora general de Defensa y Protección del Consumidor porteño. En esta oportunidad vencerá a fin de mes, el 31 de octubre. Así lo dispuso el 1º de octubre mediante la Disposición 4650 que se publicó en el Boletín Oficial el 6 de octubre. En su parte resolutiva la nueva disposición es copia fiel –salvo la fecha de vencimiento de la prórroga- de la anterior. Se mantiene la contradicción entre el artículo primero, el segundo y el tercero sobre la realización de las asambleas presenciales. Es de recordar que mientras que en el primero las prohíbe, en el segundo las habilita si es urgente e impostergable la revocación del mandato del administrador y su rendición de cuentas. Sobre la validez de la realización de asambleas virtuales hay dos posiciones claramente diferenciadas, mientras la CAPHyAI (Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias) dictaminó que las asambleas de propietarios deben ser presenciales [1] la Liga del Consorcista consideró que las virtuales son válidas [2]. La sexta prórroga La primera vez lo prorrogó hasta el 31 de mayo [3], la segunda hasta el 30 de junio [4], la tercera hasta el 31 de julio [5], la cuarta hasta el 31 de agosto [6] y la quinta hasta el 30 de septiembre [7]. Desde la firma de la primera disposición el 3 de abril hasta el último vencimiento habrán transcurrido casi siete meses: exactamente 6 meses, y 28 días.
La fría letra de la ley Igual que su predecesora, la Disposición 4.650 consta de seis artículos de los cuales uno es de forma.
--- [1] BPN Nº 684 del 16/07/20: "La CAPHyAI dictaminó que las asambleas deben ser presenciales". [2] BPN Nº 684 del 16/07/20: "Las asambleas virtuales en cuarentena son válidas". [3] BPN Nº 678 del 16/04/20: "Se prorrogó el mandato de los administradores hasta fin de mayo". [4] BPN Nº 682 del 15/06/20: "Ahora el mandato de los administradores vence el 30 de junio". [5] BPN Nº 684 del 16/07/20: "Por tercera vez se prorrogó el mandato de los administradores". [6] BPN Nº 686 del 15/08/20: "Ahora el mandato de los administradores será hasta el 31 de agosto". [7] BPN Nº 688 del 15/09/20: "Por quinta vez se prorrogó el mandato de los administradores". |
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