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Defensa y Protección del Consumidor porteño Por octava vez Bouza prorrogó el mandato de los administradores [BPN-16/11/20] Por séptima vez, Vilma Bouza, directora general de Defensa y Protección del Consumidor porteño, prorrogó el mandato de los administradores de consorcios. En esta oportunidad vencerá el 30 de noviembre. Así lo dispuso el 2 de noviembre mediante la Disposición 4.926 que se publicó en el Boletín Oficial el 4 de ese mismo mes. La nueva disposición es una copia exacta –salvo la fecha de vencimiento de la prórroga- de las anteriores. Se mantiene la contradicción entre el artículo primero, el segundo y el tercero sobre la realización de las asambleas presenciales. Es de recordar que mientras que en el primero las prohíbe, en el segundo las habilita si es urgente e impostergable la revocación del mandato del administrador y su rendición de cuentas. Sobre la validez de la realización de asambleas virtuales hay dos posiciones claramente diferenciadas, mientras la CAPHyAI (Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias) dictaminó que las asambleas de propietarios deben ser presenciales [1] la Liga del Consorcista consideró que las virtuales son válidas [2]. La séptima prórroga La primera vez lo prorrogó hasta el 31 de mayo [3], la segunda hasta el 30 de junio [4], la tercera hasta el 31 de julio [5], la cuarta hasta el 31 de agosto [6], la quinta hasta el 30 de septiembre [7] y la sexta hasta el 31 de octubre [8]. Desde la firma de la primera disposición el 3 de abril hasta el último vencimiento habrán transcurrido casi ocho meses: exactamente 7 meses, y 27 días.
La fría letra de la ley Igual que sus predecesoras, la Disposición 4.926 consta de seis artículos de los cuales uno es de forma.
--- [1] BPN Nº 684 del 16/07/20: "La CAPHyAI dictaminó que las asambleas deben ser presenciales". [2] BPN Nº 684 del 16/07/20: "Las asambleas virtuales en cuarentena son válidas". [3] BPN Nº 678 del 16/04/20: "Se prorrogó el mandato de los administradores hasta fin de mayo". [4] BPN Nº 682 del 15/06/20: "Ahora el mandato de los administradores vence el 30 de junio". [5] BPN Nº 684 del 16/07/20: "Por tercera vez se prorrogó el mandato de los administradores". [6] BPN Nº 686 del 15/08/20: "Ahora el mandato de los administradores será hasta el 31 de agosto". [7] BPN Nº 688 del 15/09/20: "Por quinta vez se prorrogó el mandato de los administradores". [8] BPN Nº 690 del 15/10/20: "¡Se va la sexta! El mandato de los administradores vence el 31". |
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