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Registro Público de Administradores de Consorcios bonaerense Comenzó la inscripción en el RPAC bonaerense Dr. Marcos Ariel Hernández, director de la Unidad de Coordinación del Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal de la provincia de Buenos Aires [1] [BPN-15/05/23] El pasado 24 de abril comenzó la inscripción en Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal (RPAC) bonaerense. El cronograma de inscripción será enteramente digital y se asignó una fecha de inicio de inscripción a cada uno de los 135 partidos de la provincia. Los últimos serán los administradores del partido de Gral. Pueyrredón cuya inscripción comenzará el 7 de agosto. Se destaca que en el caso de personas jurídicas (empresas) se debe inscribir un responsable técnico cada 20 consorcios administrados. La reglamentación que se ordenó mediante la Disposición 27-GDEBA-DPPJMJYDHGP el pasado 20 de abril es muy compleja y abarca muchos temas. Este medio irá tratando sus diferentes aspectos en sucesivas publicaciones pero se pueden adelantar varios puntos a destacar:1.- Los administradores sólo podrán cobrar sus honorarios mediante "transferencia a una cuenta de su titularidad y no de terceros". 2.- "El pago de expensas debe realizarse mediante transferencia bancaria a la cuenta bancaria del consorcio, sin excepción". 3.- "El medio de comunicación oficial será el correo electrónico registrado por los propietarios". 4.- "Se procurará habilitar todos los trámites registrales ante el RPAC a través de medios digitales". 5.- Ante una denuncia por una infracción tanto el administrador como el denunciante pueden abrir "una instancia de conciliación". 6.- Según la reglamentación, aparentemente no se daría a publicidad las sanciones ordenadas contra los administradores. La disposición en sus fundamentos señala: "...debe recordarse que en la relación jurídica entablada entre el administrador/a y el consorcio y los consorcistas no existe oferta pública, no hay mercadería que decomisar, no resulta pertinente publicitar la sanción en medios de prensa, por cuanto la publicidad de la misma quedará cubierta con su asiento en el registro y en la información emanada de este". Los requisitos para la inscripción:
Inscripción de Oficio
Cronograma de inscripción En la siguiente tabla de dos columnas, buscando el partido se puede saber a partir de qué fecha los administradores se deben inscribir y a que etapa corresponde.
--- [1] Fotoilustración sobre material público de redes sociales. |
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