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Registro Público de Administradores

Impulsado por el SUTERyH local se creó un RPA en Necochea

[BPN-16/11/20] El pasado 5 de noviembre el Concejo Deliberante de Necochea aprobó por unanimidad la creación de un Registro de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal y Renta (RACPHyR) local. Fue una iniciativa del concejal Rafael Iacono (Frente de Todos) que es también presidente de la Comisión de Trabajo de esa entidad legislativa y es secretario general de Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (SUTERH) Necochea.

Es de destacar que el 10 de noviembre se elevaron al Poder Ejecutivo los expedientes aprobados durante la sesión del jueves 5 y éste tiene 10 días para promulgarlos o vetarlos total o parcialmente.

Por otra parte, se señala que desde diciembre de 2014 ya existe un RPA en la provincia de Buenos Aires pero hasta el momento no fue reglamentado [1].

La iniciativa fue la penúltima tratada, llevó el número F-23266 y fue aprobado con los votos de 18 concejales: 5 del Frente de Todos, 2 del Frente de Todos-Unidad Ciudadana, 2 de Necochea Federal, 6 de Nueva Necochea, 1 del PRO y 2 de la Unión Cívica Radical <texto original>.

EL RPA de Necochea

Los administradores de consorcios no podrán ejercer dicha función -sea a título oneroso o gratuito- sin la previa inscripción en el Registro Público de Administradores necochense (artículo 2º).

La inscripción deberá renovarse cada dos años y se deberá informar:

Los incisos a) b) c) indican datos formales como nombre, razón social y CUIT, entre otros.

El inciso d) exige que el administrador presente el "Certificado de anotaciones personales" que es una constancia que emite el Registro de la Propiedad de la Provincia de Buenos Aires en la que consta si existen o no inhibiciones o interdicciones que le impidan a la persona disponer de sus bienes".

El inciso e) pide información laboral y fiscal del mismo administrador: "Nómina del personal con el que cuenta el administrador y las respectivas constancias de cumplimiento de las obligaciones previsionales en el último año. Del mismo modo deberá presentar constancia del cumplimiento de las obligaciones impositivas del último año en el caso de corresponder".

El inciso f) exige información sobre los consorcios administrados: "Nómina de consorcios administrados, indicando domicilio de los mismos; detalle de compañía aseguradora, numero de póliza de cobertura, adjuntando copia de frente de la misma".

El inciso g) pide información sobre los proveedores del consorcio: "Listado de empresas o técnicos debidamente habilitados, contratados por el administrador, que realicen las tareas de mantenimiento de los servicios obligatorios (mantenimiento de ascensores, mantenimiento de matafuegos, desinfecciones, y buen funcionamiento de las luces de emergencia)".

La municipalidad de Necochea emitirá a los administradores un certificado que tendrá una validez de tres años para que pueda acreditar ante los consorcios su condición de inscripto.

Se destacó también que la Municipalidad de Necochea de oficio y a petición de una parte interesada podrá requerir a los inscriptos el cumplimiento y aplicación de normativas vigentes relativas a la función y desempeño, en particular las disposiciones del Código Civil y Comercial Nacional y Convenio Colectivo de Trabajo 589/10.

Los argumentos de Iacono

El concejal y sindicalista a la hora de defender su proyecto ante sus pares en el Consejo Deliberante argumentó:

"Esto es un proyecto de ordenanza [que se propuso] más que nada para llevar tranquilidad a los trabajadores de edificios y más que nada también a los propietarios de la propiedad horizontal.

"Desde que estoy a cargo del sindicato como secretario general ya hace bastante me he encontrado con muchas irregularidades de parte de los administradores.

"Un par de ejemplos: la falta de limpieza de los tanques de agua, la falta del seguro, la falta de mantenimiento en los ascensores que es fundamental para el propietario, la falta de aportes a los compañeros trabajadores que cuando se quieren jubilar no lo pueden hacer.

"Esto es algo que se está haciendo mal y creo que el compañero que se quiere jubilar está en todo su derecho por algo cumplió sus años [de trabajo] y lo tendría que [poder] hacer.

"¿Qué pasa después cuando uno notifica al consorcio? El consorcio lo que hace es notificar al administrador, el administrador se hace el desentendido y [en] mucho de los casos agarra y se va y después las deudas y las multas y los planes de pago le quedan al propietario que tiene que volver [a pagar] algo que ya pagó.

"Es fundamental que hagamos este registro para que la municipalidad tenga el control de cómo lleva su trabajo el administrador en un consorcio y también los propietarios puedan ver la situación en que está cada consorcio.

"Desde que empezó la pandemia nosotros somos trabajadores esenciales y creo que nos merecemos que los empleadores nos den los materiales de trabajo como ser lavandina y guantes. En muchos casos eso no sucede y entonces no se está respetando el convenio colectivo de trabajo y no están respetando el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] BPN Nº 539 del 7/01/14: "Se creó un Registro Público de Administradores bonaerense".

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