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Rincón Solidario El seguro de edificio y el mandato vencido por la Dra. Silvia Bercovsky Buen día: Cuando
el administrador tiene el mandato vencido, aunque siga administrando
(valga la redundancia), ¿el seguro del edificio es válido? Estimada Ana: Si el administrador con mandato vencido continúa administrando, el seguro integral de consorcio contratado sigue vigente durante el plazo establecido en la póliza y mantendrá la cobertura mientras el consorcio cumpla con el pago de las cuotas y las condiciones establecidas en el contrato. Si el administrador continúa administrando con mandato vencido, el seguro de responsabilidad civil profesional del administrador de consorcios solo dará cobertura si el evento sucedió cuando el mandato del administrador estaba vigente. Si el evento sucede cuando el administrador se encuentra administrando con su mandato vencido (sin renovación de asamblea) el seguro de responsabilidad civil profesional del administrador no dará cobertura. La póliza de responsabilidad civil profesional del administrador tiene vigencia de 1 año y un período extendido de 3 años y lleva como condición que el hecho ocurra y se efectúe la denuncia a la aseguradora durante la vigencia de la póliza o durante los 3 años posteriores. La saluda Atte. --- La Dra. Silvia Bercovsky (UBA) es abogada especializada en propiedad horizontal y es parte del equipo del programa de radio Consorcios 360. Por cualquier consulta se le puede enviar un correo a estusmb@gmail.com o llamarla al teléfono (11) 5049-8440 en el horario de 9 a 20 hs. |
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