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Rincón Solidario

La denuncia se hizo presentando toda la documentación respaldatoria por la Dra. Silvia Bercovsky

Dra. Silvia Bercovsky

Buenos días:

Una consulta, ¿qué hacer cuando se hace la denuncia a una administradora de CABA, sobre un incumplimiento a la ley 941 y disposiciones complementarias -específicamente por incumplir la Disposición de QR (el QR está vacío sin comprobantes)- y la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor (DGDyPC) no sumaría a la administradora?

La denuncia se hizo con toda la documentación de respaldo, correos electrónicos, liquidaciones de expensas, fotos y archivos de la plataforma de gestión donde se observó que el QR permanece vacío mes a mes.

¿Qué se puede hacer para reclamar a la DGDyPC en este caso?

Saludos

Gaby

(7/03/25)

Estimada Gaby:

Una vez admitida la denuncia y efectuada la audiencia de conciliación que concluye sin acuerdo, la denuncia pasará al área de jurídica para su evaluación. Si la autoridad de aplicación encuentra prueba suficiente para imputar al denunciado, ordenará la instrucción del sumario e imputará al administrador denunciado. En el caso que Ud. consulta no se instruyó sumario, es aconsejable enviar un correo electrónico al área de Jurídica de DGDyPC: defensaconsumidorjuridica@buenosaires.gob.ar con los datos de la denuncia y consultar cual es el estado de la misma para saber cómo se podría proceder.

La saluda Atte.

Silvia Bercovsky Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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NOTA: Ley 941: Artículo 18.- Instrucción del sumario. - Recibida la denuncia o finalizada la etapa conciliatoria, en caso de que se haya promovido, sin haber arribado a una amigable composición, y si la autoridad de aplicación encuentra mérito suficiente en la misma, ordena la instrucción del correspondiente sumario e imputa al denunciado. La imputación debe contener inexcusablemente:

a) Una relación circunstanciada y sucinta de los hechos en que se basa.

b) La cita precisa de la norma presuntamente infringida.

c) El plazo para formular el descargo correspondiente y proponer prueba.

(Artículo incorporado por ley 5983 BOCABA del 18/7/2018.)

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La Dra. Silvia Bercovsky (UBA) es abogada especializada en propiedad horizontal y es parte del equipo del programa de radio Consorcios 360. Por cualquier consulta se le puede enviar un correo a estusmb@gmail.com o llamarla al teléfono (11) 5049-8440 en el horario de 9 a 20 hs.


    

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