Rincón Solidario Más preguntas
desde Bahía Blanca (10/12/2002)
Querida Jaquelina: Bueno vamos a ver si esta vez logramos rubricar los Libros, te informo que según el artículo 5° del decreto N° 18734/ 49, dice que "El libro de Actas al igual que el de Administración, serán rubricados en la Capital Federal y Territorios Nacionales, por el Registro de la Propiedad Inmueble, y en las Provincias por la autoridad que designen los respectivos gobiernos". Jaquelina, en la Provincia de Buenos Aires, la única diferencia es que los libros debes llevarlos acompañados por un acta labrada por Escribano Público, que a su vez dejará
constancia notarial de dicho trámite, en esa Acta en general se escribe: N° de
libro (en tu caso sería uno, cantidad de hojas, lo que vas a asentar en cada libro, y luego firma, sello y matrícula del Escribano
interviniente). Todo esto debe ir acompañado por el Reglamento de Copropiedad. Bueno, te deseo suerte, y si no la tenés volvé a consultarme. A tus órdenes, Patricia --- El estudio Dubini para la administración de consorcios está dirigido por la ingeniera Patricia Dubini. Para comunicarse con ella se puede llamar al teléfono 4555-0207, al móvil (15)5118-4773 o mandar un mail a patridubini@yahoo.com.ar |
Pequeñas Noticias en las redes sociales con toda la actualidad: Twitter - Grupo de Facebook - Noticias en Facebook - Google + |
[ El contenido de este sitio -escrito, fotogáfico y artístico- está protegido por las leyes vigentes de propiedad intelectual - Queda prohibida su reproducción total o parcial -por el medio que sea- sin autorización escrita de Pequeñas Noticias ]
' ' '