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Rincón Solidario Después del gimnasio a la pileta Quisiera saber: 1) ¿Cuáles son los seguros a los que está obligado a contratar el Consorcio? 2)
¿En el caso de tener pileta y gimnasio, se debe contratar algún
seguro que exima de responsabilidad?
Los
consorcios están obligados a realizar el seguro de incendio de las partes
propias del edificio, responsabilidad civil comprensiva, vida obligatorio del
encargado o ayudante y A.R.T. del encargado o ayudante o en su defecto
accidentes personales, si es una tarea temporaria. Cualquier otra consulta a tu disposición --- El Sr. Enrique Daniel Bazán es Jefe Técnico de La Mercantil Andina y para cualquier consulta se puede escribirle al e-mail bazand@lamercantil.com.ar o llamarlo al teléfono: 4310-5400 |
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