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Rincón Solidario El taparrollos Claudio & Pequeñas Noticias: Hola nuevamente y agradezco la atención para contestar nuestras dudas mediante esta página. En esta ocasión los molesto por una consulta: Quisiera saber si ante la falta de un taparrollos en una habitación de un tercer piso, que da al frente del edificio (es decir que desde la calle se puede observar) a quién le corresponde la reposición del mismo: al Consorcio o al Propietario. Cabe destacar que desconocemos el motivo de la desaparición del taparrollos y en el Reglamento de Copropiedad no especifica nada al respecto y éste será el primer caso que sucede en un departamento. Espero puedan ayudarnos... Saludos, Alejandro (18/4/2003)
Estimado Alejandro: Si bien en tu pregunta no me quedan muy bien precisadas algunas situaciones vamos a ver, si de todos modos, podemos clarificar tus dudas. En principio, debés tener en cuenta lo siguiente:
Resumiendo el caso, y según tu planteo, estimo que el taparrollos faltante debe pertenecer a uno de los departamentos de los consorcistas y a excepción de que efectivamente lo precise el Reglamento de Copropiedad, deberá ser repuesto por el propietario del piso. Bueno Alejandro, espero haberte sido de suma ayuda y que logres averiguar cómo desapareció el taparrollos. No dejes de contestarnos. Hasta pronto. --- La Sra. María Lucia Lanzillota pertenece a la Administración LML Consultores Asociados y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a lml@sion.com o llamarla al teléfono 4381-2216/8959 |
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