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Sistema 9041 para la administración de consorcios...


Rincón Solidario

María Lucía LanzillottaContesta la Sra María Lucía Lanzillotta

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

El taparrollos

Claudio & Pequeñas Noticias:

Hola nuevamente y agradezco la atención para contestar nuestras dudas mediante esta página.

En esta ocasión los molesto por una consulta:

Quisiera saber si ante la falta de un taparrollos en una habitación de un tercer piso, que da al frente del edificio (es decir que desde la calle se puede observar) a quién le corresponde la reposición del mismo: al Consorcio o al Propietario. Cabe destacar que desconocemos el motivo de la desaparición del taparrollos y en el Reglamento de Copropiedad no especifica nada al respecto y éste será el primer caso que sucede en un departamento.

Espero puedan ayudarnos...

Saludos, Alejandro

(18/4/2003)

   

Estimado Alejandro:

Si bien en tu pregunta no me quedan muy bien precisadas algunas situaciones vamos a ver, si de todos modos, podemos clarificar tus dudas. En principio, debés tener en cuenta lo siguiente:

a) Si la habitación que mencionas es parte integrante de los "espacios o lugares comunes" del consorcio, por ejemplo la habitación de portería. De ser así, la reposición del mismo está a cargo del Consorcio pues la Ley de Propiedad Horizontal en sus artículo 2º enumera cuáles son las cosas de "uso común" del edificio.
b) En cambio, si la habitación del 3º piso pertenece a un propietario del edificio, ésta pasa a ser propiedad privada del mismo teniendo que atender los gastos de conservación y reparación de su propio piso o departamento, sin importar si se vé desde la calle (artículo 5º de la Ley de Propiedad Horizontal).

Resumiendo el caso, y según tu planteo, estimo que el taparrollos faltante debe pertenecer a uno de los departamentos de los consorcistas y a excepción de que efectivamente lo precise el Reglamento de Copropiedad, deberá ser repuesto por el propietario del piso.

Bueno Alejandro, espero haberte sido de suma ayuda y que logres averiguar cómo desapareció el taparrollos. No dejes de contestarnos.

Hasta pronto.

María Lucía Lanzillotta.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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La Sra. María Lucia Lanzillota pertenece a la Administración LML Consultores Asociados y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a lml@sion.com o llamarla al teléfono 4381-2216/8959


    

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