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Rincón Solidario

Sr. León R. EstrugoContesta el Sr. León R. Estrugo

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

Un grupo de duplex inscripto como PH

Hola, en principio los felicito por el excelente resumen de temas de interés sobre consorcios, aquí van las consultas: 

Vivo en un grupo de duplex inscripto como PH que no se terminó de construir. Como sabrán el primer administrador por reglamento es la constructora, pero ésta abandono la obra en 1997 y el banco Galicia (principal acreedor) le pidió la quiebra, el 7 de julio próximo pasado fueron rematados los lotes restantes y las 4 unidades que no estaban terminadas en la suma de $ 288.000.-. 
Las preguntas son las siguientes:
Los copropietarios que actualmente somos 16 nos reunimos desde hace 6 años, venimos pagando expensas fijas con las que solventamos la limpieza (era un basural), el corte del césped, el arreglo del alambrado ya que nos entraban a robar todos los meses y hemos cerrado las unidades no terminadas para que no se meta ningún intruso, incluso una que da a la calle la tuvimos que tapar en tres oportunidades porque había vándalos que rompían todo.
¿El síndico no tendría que haber solicitado la deuda por expensas de al menos estas unidades? ¿no nos correspondería el pago de las expensas desde hace seis años por estas cuatro unidades? ¿Aunque no estemos formalmente legalizados, ya que quien debiera realizar los actos de administración nos dejó inmersos en un basural y a la deriva?
Por favor espero cuanto antes una respuesta y muchas gracias. 
PD El proyecto original era de 60 unidades.
Martín F

(16/7/2003)

Estimado Martín F

Tu pregunta es muy interesante, pero hay algunos puntos que no están bien aclarados.

La respuesta que solicitas puede variar de acuerdo a como jueguen ciertas variables que te paso a detallar.

En principio tendríamos que saber si el consorcio está registrado y legalmente constituido y si el reglamento de copropiedad y administración está inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble, para que tenga validez legal.

Por otro lado hacés referencia, a si el síndico tendría que haber pedido el libre deuda de expensas de los últimos seis años de dichas unidades, por lo que te informo, que las deudas de expensas prescriben a los cinco años, por lo que el sexto año ya estaba prescripto.

Por otro lado, podemos considerar estas opciones:

1- que el síndico haya estudiado la situación y que haya considerado que las unidades no construidas o no terminadas, no formarían parte del consorcio

2- que haya solicitado el libre deuda de expensas, a la constructora en virtud de ser la administradora debidamente establecida.

Lo que ustedes deberían haber hecho tal vez, es ante la ausencia o desaparición de la administración, haber convocado a una asamblea extraordinaria, nombrar un administrador, que es quien va a representar legalmente al consorcio y mediante éste haberse presentado al concurso a fin de verificar el crédito del consorcio por la deuda de expensas de dichas unidades funcionales.

Espero haber sido de utilidad y cualquier duda, por mayor información, volvenos a consultar.

León R. EstrugoEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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El Sr. León R. Estrugo es titular de la Defensoría del Consorcista y un administrador de consorcios con amplia experiencia en el tema  y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a info@administracion.net.ar o llamarlo al teléfono 4443-2466


    

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