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Curso/taller de Liquidación de Sueldos General


Rincón Solidario

Sr. León R. EstrugoContesta el Sr. León R. Estrugo

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

Hay mucho más...

Felicitaciones y consulta:
en primer lugar quiero felicitarlo por la forma de encarar los problemas consorciales, la claridad y facilidad en que permite recibir información en temas tan conflictivos como la convivencia en los consorcios.

Desde que los descubrí por Internet no dejo de promocionar su boletín entre mis conocidos.

No sé si yo persigo a los consorcios con problemas o ellos se ponen en mi camino.

En el consorcio dónde vivo el consejo de administración está integrado a mi parecer en forma irregular: primero una integrante del consejo vive en Europa, no paga sus expensas en el banco y lo hace por medio de otra integrante del consejo en portería, cosa que está prohibida terminantemente por la administradora...(sic), cumpliendo con una disposición de asamblea ordinaria y siempre ratificada, la misma que mantiene en el consejo a dicha propietaria. Ante mi reclamo y exigencia que no forme parte más del consejo y el apoyo de algún propietario, la cambiaron por una que permanentemente tiene deudas por expensas que luego arregla con la administradora... hay mucho más.
Necesito saber con urgencia cómo conseguir de ser posible sin cargo las normas IRAM sobre consejo de administración.
La administradora, que trabaja en la AFIP, (el único consorcio que administra es el nuestro) vive en el edificio.
Necesito saber si puede representar por poder a otros propietarios en las asambleas, cosa que viene haciendo permanentemente y hacerlo valer en las votaciones.

Resumiendo necesito en forma muy urgente:
¿Puede integra el consejo alguien en el exterior?... lo sé.

¿Puede integrar el consejo deudores permanentes de expensas (por supuesto en este momento tenemos un trabajo de $90.000,. para realizar)?
¿Puede la administradora recorrer los pisos pidiendo poderes, llevarlos a la asamblea y votar ella por los idio.......por los propietarios.?
Espero me pueda ayudar.,
Lo saluda muy atte.,
Susana E. F.
los plazos fijos en dólares atrapados por el corralito, pesificados, los pasó a una caja fuerte, (la mejor forma de no rendir cuentas, y sino pregunten a los comisarios de la policía bonaerense) sin hacer figurar los datos, monto , etc.. en el resumen de expensas, como tampoco el número de cuenta custodia donde se encuentran los bonos 2013......hay más

Estimada Susana

Muy interesantes sus preguntas, y difundir el boletín significa que le es de sumo interés y le resulta de utilidad.

Respecto a las Normas IRAM, las puede comprar en Perú 552, ahí esta el edificio donde funciona Normas IRAM.

Los integrantes del consejo de administración son elegidos por los propietarios en asamblea. La administradora, en función del cargo que ejerce no puede representar por poder a otro propietario, pero sí lo puede hacer en función de propietaria, aunque no es ético.

Sería interesante que le exigiera a la administradora su inscripción en el registro público de administradores, y si realiza los aportes correspondientes a los honorarios que cobra.
Respecto a los deudores que integran el consejo de administración, no es ético, pero si el reglamento no lo prohíbe es posible.

Espero haberte aclarado un poco la situación

León R. EstrugoEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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El Adm. León R. Estrugo es titular de la Defensoría del Consorcista y un administrador de consorcios con amplia experiencia en el tema  y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a info@administracion.net.ar o llamarlo al teléfono 4443-2466


    

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