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Curso de sueldos para Propiedad Horizontal

Sistema 9041 para la administración de consorcios...


Rincón Solidario

Dra. Victoria LoisiContesta la Dra. Victoria Loisi

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

El consorcio colocó una reja

Estimados amigos: 

Leo frecuentemente vuestro excelente boletín y observo consultas relacionadas con problemas que se plantean en edificios de propiedad horizontal. 
El problema que nos afecta es el siguiente: somos propietarios de un local en la planta baja de un edificio, con acceso independiente. 
El frente del edificio está retirado cinco metros de la línea municipal, siendo ese espacio propiedad del consorcio. El consorcio colocó una reja, sin nuestra aprobación, cerrando ese espacio e impidiendo la normal concurrencia de público al comercio y a acercarse a la vidriera. 
A pesar del daño que nos ocasionan se ofreció al consorcio mantener la reja con la condición de que las puertas permanezcan abiertas de 8 a 21 horas todos los días del año, negándose sistemáticamente una mayoría de los copropietarios. Quieren que la reja permanezca abierta en los horarios de encargado únicamente y sábados, domingos y feriados cerrada permanentemente.
¿Es legal colocar un impedimento de estas características cuando existe un local comercial? 
A la espera de sus comentarios, los saluda atentamente 
Carlos A P

(21/10/2003)

Estimado Carlos:

En fecha 23/06/2003 Vd efectuó una pregunta similar a la presente, con la diferencia que aún no habían colocado la reja en cuestión.

En su momento le aconsejé que intimara al consorcio a abstenerse de colocar la reja sin antes convocar a asamblea para tratar el tema, puesto que si esta reja es nueva (es decir, no se pretendió cambiar una reja anterior o parapeto de alguna clase, por otro similar), usted tiene derecho a oponerse puesto que el valor comercial de su local se ve directamente afectado.

Mi pregunta es: ¿Intimó fehacientemente al consorcio como le sugerí?

Si el consorcio se encuentra en Capital, entonces previamente a iniciar un juicio, deberá iniciar la Mediación Prejudicial del Ministerio de Justicia, que resulta obligatoria en casos como el suyo.
De fracasar esta etapa, tiene la vía judicial expedita para iniciar acciones contra el consorcio.

Lo saluda cordialmente,

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La Dra. Victoria Loisi es abogada, miembro de la comisión directiva de la Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal (www.ligadelconsorcista.org) y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a info@ligadelconsorcista.org, llamarla a los teléfonos 4811-9836 / 4816-5111 o mandarle una carta a Montevideo 764 11º piso "C"


    

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