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Rincón Solidario Obligación de tener administrador ¿La ley establece la obligación de tener administrador en un consorcio? Si el administrador renuncia: ¿Se infringe alguna ley en caso de no nombrarse uno nuevo? Silvina A (7/11/2003) Estimada Silvina A. En lo que respecta a propiedad horizontal, se rige por la Ley 13512 y su decreto reglamentario, y en Capital Federal se le adiciona la ley 941 y su decreto reglamentario. En referencia a tu pregunta "si la ley establece la obligación de nombrar un administrador", te respondo con el articulo 9 inciso a) de la ley, que dice textualmente: "Designación de un representante de los propietarios, que puede ser uno de ellos o un extraño, que tendrá facultades para administrar las cosas de aprovechamiento común y proveer a la recaudación y empleo de los fondos necesarios para tal fin. Dicho representante podrá elegir al personal de servicio de la casa y despedirlo. Este artículo es en referencia a la constitución del consorcio y los elementos que debe contener el reglamento de copropiedad y administración. El
artículo 11 dice textualmente: "el representante de los propietarios
actuará en todas las gestiones ante las autoridades administrativas de
cualquier clase, como mandatario legal y exclusivo de aquellos. Está además
obligado a asegurar el edificio contra incendio." En la segunda parte de tu pregunta, nos consultas si se infringe una ley, si no se nombra administrador, ante la renuncia del mismo. Los propietarios en su conjunto no son los representantes legales del consorcio, y el edificio o consorcio de copropietarios, al no nombrar un nuevo administrador, se quedarían sin un representante legal y no tendrían las atribuciones, facultades y poderes para las gestiones que fueren necesarias. Espero haber aclarado tu inquietud, ante cualquier duda, volve a consultar al Rincón Solidario --- El Adm. León R. Estrugo es titular de la Defensoría del Consorcista y un administrador de consorcios con amplia experiencia en el tema y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a info@administracion.net.ar o llamarlo al teléfono 4443-2466 |
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