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Rincón Solidario Estimados
Pequeñas Noticias: Desde ya gracias como de costumbre son geniales. Un abrazo Edgardo O (19/11/2003) Estimado Edgardo: A su primer pregunta, la respuesta es no, no es válida. La Asamblea es el Órgano de máxima autoridad dentro del Consorcio, y la validez de sus decisiones dependen del cumplimiento de ciertas formalidades, como ser la fehaciente notificación a todos los copropietarios de la convocatoria. A su segunda pregunta, le respondo que ante la falta de administración y dado que el consorcio no puede quedar acéfalo, cualquier propietario podrá asumir provisoriamente el cargo de administrador, pudiendo cobrar las expensas y debiendo pagar los gastos del consorcio. Asimismo, deberá convocar a urgente asamblea a los efectos de designar nuevo administrador. Lo saluda cordialmente Dra. Victoria Loisi--- La Dra. Victoria Loisi es abogada, miembro de la comisión directiva de la Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal (www.ligadelconsorcista.org) y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a info@ligadelconsorcista.org, llamarla a los teléfonos 4811-9836 / 4816-5111 o mandarle una carta a Montevideo 764 11º piso "C" |
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