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Curso/taller de Liquidación de Sueldos General


Rincón Solidario

Contesta la Dra. Elvira Lucero

Dra Elvira LuceroDesde este rincón los profesionales contestan a propietarios y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

ABL Consorcial
Estimado Señor director:
Tengo un problema en un edificio de mi administración. El consorcio se integró a fin del año pasado y lo que era una suntuosa casa de familia de antaño, se transformó en diez unidades funcionales con cocheras, pero aunque se presentaron planos y se redactó el reglamento de copropiedad respectivo no hay final de obra y además, el impuesto ABL continúa enviándose en las 17 partidas que tenía la casa anterior con una valuación muy superior a lo que corresponde a un edificio de la categoría y dimensiones que tiene el consorcio actual. Por comparaciones con otros de la zona, el total de impuesto que se está pagando es un 40 % más caro que el de un edificio similar, y en Rentas me dicen que tardan 2 años como mínimo en hacer la subdivisión en PH. Eso sí, le cambiaron la titularidad a Consorcio aunque no lo subdividan. ¿Qué se puede hacer para acelerar la subdivisión y re valuar el edificio para acomodar el valor del impuesto? Yo estoy recaudando para pagar el total de boletas pero es un costo enorme para los consorcistas que además deben afrontar muchos gastos por malas terminaciones de obra!!!
Cualquier orientación será bienvenida, muchas gracias.
Ernesto S
(25/9/2003)

Estimado Ernesto S: el consorcio se integró el año pasado, entonces cómo es que llegaron 17 partidas de la vieja casona?

De todos modos trataremos de aclarar el panorama de la sguiente forma:

1) en principio lo primero que se hace para la confección de los planos es contratar un agrimensor, quien toma las medidas de la superficie común y de las propias cubiertas, semi cubiertas, y descubiertas. Luego confecciona el plano y lo presenta en catastro (GCBA).
2) en cuanto al Reglamento de Copropiedad y Administración, la empresa contructora o su dueño hace un pre-reglamento, el que es perfeccionado, y llevado a escritura pública, todo ello en base a un plano aprobado. Este Reglamento es luego título complementario para todo propietario.
3) la falta de final de obra puede que lo sea por faltar algunos detalles de obra o la presentación del plano. Esto en realidad es muy técnico y habría que extraer, de no poseerlo, una copia del mismo en el 3er.piso de GCBA Carlos Pellegrini 291, Mesa de Entradas y con un tìtulo de propiedad, o puede realizar el trámite un profesional maestro mayor de obras, arquitecto, y/o ingeniero. Sería conveniente solicitarselo a quien lo hizo, y tratar este tema puntual con ese profesional.
4) cumplidos todos estos requisitos, se puede solicitar la sudivisión de la partida global, que tantos dolores de cabeza les está trayendo. No podemos hacer comparaciones con otras propiedades de la zona ya que el municipio cobra los impuestos (ABL) en base al valor de cada propiedad o sea Valuación del inmueble en cuestión. Teniendo mucho que ver la antigüedad del inmueble.
5) es importante realices un relevamiento de todos los problemas que tienen de obra, y luego reclamar al constructor/ra. quien, de ser un profesional, tiene un responsabilidad contractual. La misma según el Código Civil es por diez años, pero no por los vicios ocultos, en esto hay que hilar fino y ver cada problema en sí mismo.

Finalmente considero debes tratar este tema con un profesional Ingeniero, Arquitecto o Maestro Mayor de Obras, para los puntos 1, 2 y 3; y los restantes con un letrado.

Es mi deseo personal soluciones tus problemas sin que pasen los dos años, pero siempre y de todo hazlo por medio fehaciente (carta documento, confronte notarial, etc.), luego existen otros pasos antes de llegar a juicio.

Cordialmente.

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La Dra. Elvira Lucero es abogada y administradora de consorcios. Para cualquier comentario sobre esta nota se pueden dirigir al teléfono 9999-9999,  por carta a Xxxxxx Xxxxxx 99999 o al mail xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx.xx


    

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