|
|
Rincón Solidario Auditoría
de Consorcios Estimado Juan Carlos Respecto a tu pregunta hay que tener en cuenta ciertas variables. El hecho de que hubieren rendiciones de cuentas anuales aprobadas en asamblea, no exime al administrador de su responsabilidad ya sea civil o penal, si en la auditoría de su gestión se detectan anomalías, fehacientemente comprobadas. Para ello tendrías que solicitar al administrador que convoque a asamblea ordinaria o extraordinaria según corresponda, y que en el orden del día, incluya el punto de auditoría contable o de gestión desde el momento que consideres oportuno. Una vez aprobado dicho punto en asamblea, se puede proceder a la realización de la auditoría. El hecho de que hubieren rendiciones de cuentas aprobadas, no implica que no puedan ser examinadas o auditadas y si se detectan situaciones dolosas, le cabe al administrador toda la responsabilidad ya sea civil o penal según corresponda, a pesar de haber sido aprobadas dichas rendiciones anuales en asamblea. Espero haberte aclarado la situación, y ante cualquier duda vuélvenos a consultar. --- El Adm. León R. Estrugo es titular de la Defensoría del Consorcista y un administrador de consorcios con amplia experiencia en el tema y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a info@administracion.net.ar o llamarlo al teléfono 4443-2466 |
|
|
Pequeñas Noticias en las redes sociales con toda la actualidad: Twitter - Grupo de Facebook - Noticias en Facebook - Google + |
[ El contenido de este sitio -escrito, fotogáfico y artístico- está protegido por las leyes vigentes de propiedad intelectual - Queda prohibida su reproducción total o parcial -por el medio que sea- sin autorización escrita de Pequeñas Noticias ]
' ' '