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Rincón Solidario Me
encuentro con sorpresas II Las cochera se adjudicaron mediante escritura junto con la escritura del departamento de acuerdo a su valor ya que hay de tres valores distintos de acuerdo a su posición, pero en ésta no figura el número, eso se dejó constancia en el recibo del banco Hipotecario y en el planito que les mencioné. En las escrituras generales figura unas 49 avas de la unidad 6 correspondiente a cocheras. Pero sobre este tema no tengo problemas ya que cada propietario respeta el número que le corresponde a cada uno. Mi problema consiste en el mueble baulera que yo coloqué en su oportunidad con la autorización de la administradora de turno, pero no lo tengo por escrito. Dicho muebles lleva un año colocado en el lugar y pasaron otras administradora en el tiempo y nadie me dijo nada. Despues
que pregunté anteriormente encontré en el reglamento interno un punto
donde figuran las bauleras con una prohibición de colocar artefactos inflamables
que puedan ocasionar problemas al edificio. (Yo no tengo productos
inflamables dentro de ella). Este reglamento está corriendo desde mucho
tiempo antes que yo instalara el mueble. En la asamblea se habló del tema
y otros y quedó. Se dijo de cobrar multas para las falta de cumplimientos
de los reglamentos internos o de copropiedad, es por eso que yo necesito
información al respeto para ver cómo puedo defenderme. Espero haberles dado algo más específico sobre estos temas para que respondan por favor a la brevedad posible. Sin otro particular aprovecho para desearles un feliz y próspero 2004 y darles las gracias sin antes felicitarlos por el esmero, dedicación y trabajos realizados. Liliana P (26/12/2003) Estimada Liliana: he tomado conocimiento de sus aclaraciones respecto de la consulta del 15 de diciembre pasado. Queda claro que se trata de una situación irregular toda vez que Ud. no cuenta con una constancia escrita emanada de la administración o de la asamblea de copropietarios que le permita ejercitar un acto posesorio sobre un sector común del inmueble, desde el momento en que la ocupación y "asignación" de las cocheras no surge del título de propiedad ni del Reglamento de Copropiedad, y ha sido dejada librada al libre albedrío de los copropietarios que las utilizan. Sin embargo, a Ud. la favorecen dos elementos importantes:
En conclusión: si bien sería conveniente que en una próxima asamblea se determinara claramente la cuestión de la asignación numerada de cada cochera a cada copropietario (para evitar nuevos problemas), por ahora nada indica que Ud. deba preocuparse por la situación del mueble en la medida en que no se trate de una instalación peligrosa, excesivamente voluminosa, antihigiénica o que altere notoriamente o afee el sector. La saludo cordialmente. --- El Dr. Jorge Armando Maldonado es abogado y está especializado en propiedad horizontal. Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a jorgearmandomaldonado@hotmail.com o comunicarse con él a los teléfonos 4672-2043 y (15)4169-4574. |
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