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Curso de sueldos para Propiedad Horizontal

Sistema 9041 para la administración de consorcios...


Rincón Solidario

Dra. Victoria LoisiContesta la Dra. Victoria Loisi

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

El administrador, su secretaria y el encargado

Señores Pequeñas Noticias:
Mi nombre es Esteban y soy propietario, lamentablemente tenemos muchísimos inconvenientes con el administrador, su secretaria y el encargado del edificio.. la situación es la siguiente:
Hace 4 años aproximadamente el Administrador sacó o echó al encargado del edificio, éste junto a su secretaria, pusieron un nuevo encargado. Luego de mucho tiempo, nos enteramos que este nuevo encargado es el marido de la secretaria del Administrador.

Los años pasaron, no podíamos quejarnos por el incumplimiento del encargado, ya que al llamar a la administración, atendía la mujer, nos contestaba mal, y teníamos despues represalias por parte del encargado, ya que no limpiaba el pasillo de la persona que se quejo, entregaba fuera de termino la correspondencia y así sucesivamente.
Llego el día de hoy, que estamos casi todos los vecinos un poco cansados de la situación y formamos un consejo de revisión de cuentas y desempeño del encargado/Administrador, ya que se han encontrado en varias oportunidades reparaciones repetidas y sobredimensionadas en costos.
Bajé toda la información que pude y encontré acerca de leyes y decretos sobre edificios de propiedad horizontal, y la verdad es que no encuentro nada como ser el Código de Ética, yo supongo que ahí hay algo que me pueda servir para que en una futura asamblea (hace 2 años que no hay en el edificio) pueda tener un arma "legal" para oponerme a que siga el mismo encargado en el edificio.
Espero que sepan entenderme y disculpen por mi redacción.
Los saludos afectuosamente y muchas gracias por su respuesta.
Esteban
(22/3/2004)

Estimado Esteban,

La relación entre la secretaria de la administración y el encargado del edificio, es legalmente ajena a vuestra intervención, y por lo tanto carece de relevancia.

Sí es importante el hecho que –por lo que he interpretado de su consulta– aparentemente el encargado no cumpliría con sus obligaciones, en cuanto a lo que hace a sus tareas específicas y en cuanto a lo que hace al respeto que le debe a los consorcistas.

En ese caso, cualquiera de los vecinos afectados puede intimar a la administración a que aperciba al encargado en virtud de lo indicado por la ley 13.512, la ley 12.981 y el Convenio Colectivo de Trabajo correspondiente a la actividad.

Eventualmente una Asamblea –con las mayorías reglamentarias– podría solicitarle a la administración que despida al empleado y tome nuevo personal, aunque en principio la ley 13512 de propiedad horizontal establece esta facultad exclusivamente para el administrador.

Por lo que Vd ha consultado, aparentemente la administración sería poco transparente, por lo que lo conveniente sería la convocatoria a Asamblea Extraordinaria a los efectos de designar una nueva administración. Será entonces el nuevo mandatario a quien la Asamblea le impartirá instrucciones precisas respecto de los gastos y manejos del dinero del consorcio, lo que en la Liga del Consorcista llamamos “Normas de Transparencia Administrativa”.

Respecto del Código de Ética, en nuestra página web encontrará el Decálogo de Ética del Administrador de Consorcios de Propiedad Horizontal, el que, pese a no ser legalmente obligatorio para todos los administradores, la Asamblea del Consorcio puede imponerle su cumplimiento con las mayorías estatutarias.

Lo saluda cordialmente,

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La Dra. Victoria Loisi es abogada, miembro de la comisión directiva de la Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal (www.ligadelconsorcista.org) y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a info@ligadelconsorcista.org, llamarla a los teléfonos 4811-9836 / 4816-5111 o mandarle una carta a Montevideo 764 11º piso "C"


    

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