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Curso de sueldos para Propiedad Horizontal

Curso/taller de Liquidación de Sueldos General


Rincón Solidario

Dra. Jorge MaldonadoContesta el Dr. Jorge Maldonado

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

Nos retiene una suma de dinero

Quisiera que me informaran sobre las siguientes dudas que se me plantean.

El mes pasado el Administrador (contratado) renunció a sus funciones. Este nos retiene una suma de dinero, supuestamente por una deuda que el Consorcio mantendría con él. 

Con relación a la misma es conveniente hacer un poco de historia: desde el año 99, el Administrador no realizó las Asambleas Anuales obligatorias ni la correspondiente rendición de gastos. Además el resumen de expensas nunca (hasta Diciembre del 2002), reflejó los ingresos, saldos de caja ni datos que reflejaran el estado de cuenta del consorcio y además éste carece de cuenta en algún banco (Yo compré en Abril del 2001). En Marzo del 2002, pregunté cuándo era la Asamblea Anual a lo que me respondieron que no se realizaban nunca (?). A partir de ese momento comencé a requerirlas, recién obtuve respuesta en Diciembre del 2002, donde se presenta el Administrador informando que el Consorcio le adeuda aproximadamente $8300. El resto de los consorcistas le piden que informe sobre la misma y que brinde explicaciones de por qué no informó en el momento que se iba produciendo.

Resumiendo, a más de un año, nos encontramos que en forma intempestiva (luego que en la reunión anual no se le aceptara la rendición anual y debiera reintegrar gastos indebidamente cargados al consorcio) renunció en forma indeclinable. 

Ahora bien, quiero saber lo siguiente: Una vez que reintegre los libros y documentos respaldatorios, nosotros podemos controlar las gestiones que no presentó rendición de gastos?, como él a su vez administra los alquileres de varios departamentos del edificio y sugestivamente son las unidades que más reparaciones han tenido en los últimos años. ¿De comprobarse que realizó reparaciones que cargó al consorcio siendo responsabilidad de los propietarios de las unidades es esto un abuso de confianza?. 

¿Cómo debemos proceder si la deuda no fuera tal y debiera reintegrarnos alguna suma de lo que retiene?
Agradezco desde ya su ayuda 
Saludos 
Verónica C
(5/5/2004)

Estimada Verónica: el administrador renunciante debe hacer entrega de toda suma de dinero correspondiente al consorcio que aún posea en su poder, como asimismo de toda la documentación (libros reglamentarios, facturas, etc.), al momento de renunciar. Al recibírsele tanto el dinero como la documentación debe levantarse, por parte del nuevo administrador o del grupo de propietarios provisionalmente a cargo del consorcio, un minucioso inventario que refleje exactamente qué y cómo se está recibiendo. 

Este acto por supuesto que no releva al administrador renunciante de la rendición de cuentas que debe cumplir, en los términos que prevea el Reglamento de Copropiedad. De no hacerlo en tiempo y forma, el consorcio quedará habilitado para intimarlo fehacientemente por carta documento bajo el apercibimiento de promoverle el juicio de rendición de cuentas pertinente. 

En este juicio se determinará si las cuentas deben o no ser aprobadas; en caso negativo y de surgir diferencias dinerarias faltantes o cualquier tipo de perjuicio para el consorcio, se deberá luego entablar juicio de daños y perjuicios contra el administrador en cuestión.

Saludo a Ud. atentamente.

Jorge Armando MaldonadoEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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El Dr. Jorge Armando Maldonado es abogado y está especializado en propiedad horizontal. Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a valthulemaldonado@ciudad.com.ar  o comunicarse con él a los teléfonos 4632-5381 y (15)4169-4574.


    

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