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Rincón Solidario

Sr. León R. EstrugoContesta el Adm. León Estrugo

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

Luego todo está en blanco

Claudio y Fabiana: 

Hola nuevamente, desde ya agradezco a todo el equipo por aclararme siempre todas mis dudas, pero ahora tengo una bastante grande y es: El anterior administrador renunció y al entregar la documentación nos encontramos con que el Libro de Administración tiene dos anotaciones de ingreso de fondos referidos al año 86 uno y otro del 87, luego todo en blanco... Esto nos complica un poco el controlar el ingreso de fondos porque recién en el año 2003 comienza a detallar estos ingresos en la planilla de liquidación mensual de expensas. 

Pregunto: ¿es este caso una irregularidad que pueda ser reclamada ante el Registro de Administradores? El reclama una supuesta deuda y por lo tanto nos retuvo todos los fondo. En definitiva, como no tenemos el registro de ingresos para determinar la validez de ésta, se tendrían que ver los ingresos considerando deudores por cada período (sumamente trabajoso pero sería la única manera). ¿Sería válido este procedimiento y así nosotros reclamar devolución o realmente conformar lo que se le debe? Y lo último el administrador tiene poder de 3 propietarios titulares de 13 unidades, ya nos aviso que va a impedir de esa manera cualquier requerimiento judicial que quisiéramos plantear en Asamblea (el delega el poder en un tercero en todas las Asambleas). 
En definitiva, mientras gestionamos todo lo legal... ¿se puede informar al Registro? ¿Debo llamar a Asamblea para realizar esta queja? 
Desde ya muchas gracias por toda su invalorable ayuda 
Saludos Verónica C
(21/5/2004)

Estimada Verónica C:

El administrador es un mandatario de acuerdo a los artículos del código civil. El es responsable de su gestión y del manejo que ha realizado de los fondos. El administrador responde por sus actos por un período de 10 años. Si en ese período hay situaciones dolosas, no se necesita ninguna mayoría para realizar la denuncia, ya sea civil o penal.

Por otro lado, el libro de administración, si bien algunos sostienen que cumple la función de un libro caja, en ningún lugar está explicitado, cuál es la función de ese libro, hay algunos que sostienen que en el mismo se relata la historia del consorcio.

Cuando vos te referís a que en dicho libro no hay registraciones, estás queriendo decir, que el administrador no ha llevado un libro caja. Pero si seguramente, ha confeccionado liquidaciones mensuales de expensas, detallando los ingresos y egresos.

De dichas liquidaciones, acompañadas con la documentación respaldatoria, se puede realizar una auditoría y establecer si la contabilidad del consorcio se encuentra en orden o no.

No es una tarea difícil, pero sí de paciencia y de conocimientos para realizarla como corresponde.

Espero haberte aclarado la situación, ante cualquier duda, volvé a consultar al Rincón Solidario.

León R. EstrugoEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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El Adm. León R. Estrugo es titular de la Defensoría del Consorcista y un administrador de consorcios con amplia experiencia en el tema  y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a info@administracion.net.ar o llamarlo al teléfono 4443-2466


    

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