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Rincón Solidario

Dra. Victoria LoisiContesta la Dra. Victoria Loisi

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

Adeudan una suma importante

Hola Sres. de este muy buen y útil boletín:

En el edificio donde habito tenemos un problema con dos departamentos, que adeudan una suma importante de expensas, desde hace ya un par de años, y ayer en una reunión de consorcio se nos informó que el cobro de dichos importes es casi imposible cobrarlos dado que los mencionados dptos. están hipotecados por una suma mayor a su valor y aparentemente los propietarios, no poseerían nada a su nombre.

Mi pregunta es la siguiente:

1- ¿Esto es tan así que no se puede cobrar? ¿no hay nada que diga que hay alguna prioridad para cobrar, por ejemplo expensas vencidas? 

2- El resto de los habitantes del edificio debemos seguir soportando los gastos del consorcio, que son cada día más pesados y que ya inclusive nos anunciaron que este mes serían aumentados, dado que hay que hacer unas reparaciones urgentes y ya no contamos con fondos de reserva.

Espero que entiendan mis preguntas y traten de orientarme al respecto. Desde ya muchas gracias y mis felicitaciones por su predisposición a ayudar a resolver los problemas de la gente.

Juan S. de Santa Fé

(23/5/2004)

Estimado Juan,

Efectivamente, las expensas comunes de Propiedad Horizontal, como "gastos de la cosa" tienen prioridad en cuanto al cobro de las mismas. De hecho, recuerde que en caso de deberse expensas, el nuevo propietario (ya sea que compre en remate judicial como que compre extrajudicialmente) deberá abonar las expensas impagas. En conclusión, en principio, el Consorcio nunca dejará de cobrar puesto que las expensas hacen a la existencia misma del edificio.

Respecto de su siguiente consulta, es el administrador del consorcio quien fija el monto mensual de las expensas, y deberá aumentarlas en caso de no poder hacer frente a los gastos del consorcio. Pero el buen administrador, no solamente debe proveer un "fondo de reserva" para afrontar gastos extraordinarios e imprevistos, sino que debe ejecutar a los deudores morosos, sino, con cada unidad que no paga expensas, usted pagará cada vez más en proporción.

Espero haber arrojado un poco de luz a su problema.

Cordialmente,

Dra. Victoria LoisiEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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La Dra. Victoria Loisi es abogada, miembro de la comisión directiva de la Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal (www.ligadelconsorcista.org) y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a info@ligadelconsorcista.org, llamarla a los teléfonos 4811-9836 / 4816-5111 o mandarle una carta a Montevideo 764 11º piso "C"


    

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