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Rincón Solidario Cambiamos
de administrador y nos encontramos que nunca efectuó los aportes y
contribuciones a tal punto que nos llegaron cédulas de varios abogados y
uno de ellos nos embarga los alquileres de 2 locales que el consorcio
alquila en PB. Nosotros estamos tratando de entrar en el plan "El
Rafa" y debemos $ 150.000 entre capital e intereses. El problema que
tenemos es que la abogada que nos trabó el embargo llama permanentemente
porque quiere cobrar sus honorarios completos y en un solo pago porque si
no va a seguir embargando cosas. Son casi $ 7000 que pretende paguemos
así, de una. Atrás de ella hay otros abogados a los que también hay que
pagarles. Apenas vamos a tratar de pagar como se pueda el plan y queremos
pagar honorarios en cuotas. Tenemos entendido que se puede, pero ella [la
abogada] dice que no Estimado Juan: Si bien la situación es complicada, los consultantes no deben confundir "embargo", con "secuestro". El primero es la indisponibilidad de bienes los cuáles quedan en poder del deudor, mientras que el segundo es una medida cautelar consistente en desapoderar al deudor de uno o varios bienes determinados. Por lo expuesto, los letrados acreedores, no tienen muchos más bienes para poder embargar o secuestrar. Téngase presente, que en gral. la jurisprudencia -salvo contadas excepciones- ha sentado precedentes en el sentido que ascensores y bombas de agua son de los consorcistas y no del sujeto derecho consorcio. También hay que tener presente, que cada unidad funcional es deudora sobre el total de la deuda por el porcentual que a cada una de ellas le asigna el reglamento de copropiedad. Sin embargo consideramos que la mejor forma de salir del atolladero, es tratar de negociar hábilmente con los letrados accionantes, demostrándoles las limitadas posibilidades financieras y económicas del consorcio, y tratar de firmar un convenio de pago que, insisto, manejado hábilmente por los abogados del consorcio, seguramente tendrá un resultado satisfactorio para ambas partes, y en tanto se cumpla el citado convenio, significará una salvaguarda para el consorcio de otras medidas cautelares. Le envío un cordial saludo. --- EL Dr. Juan Iglesias es abogado especializado en propiedad horizontal, derecho penal y es conductor del programa de radio "La Voz del Consorcista". Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a consorcistas@hotmail.com |
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