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Rincón Solidario Hay que detener a esta vecina dañina. Mis muy estimados Pequeñas Noticias: Aparte de felicitarlos por la publicación y agradecerles ser tan claros e informativos a la hora de ponernos a los copropietarios en tema respecto de los problemas que surgen de vivir en la bendita propiedad horizontal, los molestaré con mi problema: Hace cinco/seis meses que la propietaria de arriba de mi departamento comenzó sus tareas de remodelación de su cocina, por lo cual, tuve que padecer que mi calefón se tornara en el conducto para sacar escombros y agua, los que al impactar en mi cocina microondas (la que se encuentra debajo de mi calefón), hubo que llamarles la atención y así se dieron cuenta los albañiles que me habían roto el codo de ventilación del mismo. Tras lo cual mi horno microondas dejó de funcionar, porque el display se mojó, según lo dicho por el técnico. Al mes del hecho narrado y por los escombros tirados a la columna de agua que linda con el calefón, tuvieron que hacer -a cargo del consorcio- una destapación de emergencia por estar obstruido entre mi piso y el de ella (1º y 2º respectivamente) de dicha destapación mi cocina se inundó con aguas servidas y como tengo desagote del lavarropas a la columna general, al mismo se le rompió la bomba de desagote por lo que ingresó en el interior, según lo dicho por el técnico que lo reparó, y al cual debí abonarle $120 por dicho arreglo. Hace aproximadamente 15 días mi vecina continuó con sus arreglos y del respiradero continuaron cayendo escombros. El punto es el siguiente: en todo momento estuve en contacto con el Administrador, quien me manifiesta que "el problema no es del consorcio" y por el otro mi vecina que dice lo contrario. Ahora bien, ¿A quién le debo reclamar los daños a mi calefón; horno microondas y lavarropas? ¿Al consorcio o a la vecina?. Esperando una respuesta de vuestra parte los saludo muy atentamente Ma.
Eleonora L B Estimada Ma. Eleonora: de su claro relato surge la inmediata conclusión de que todos los daños que Ud. menciona se originaron en los trabajos ejecutados en un sector propio del departamento ubicado en el piso inmediato superior. Y estos daños comprenden tanto a los que Ud. sufrió en los artefactos domésticos de su propiedad (horno microondas, calefón, cocina y lavarropas) es decir, en el interior de su departamento ( sector propio), como los que el Consorcio sufrió en la cañería o "columna" de agua que Ud. menciona, sector común en el lenguaje de la Ley de Propiedad Horizontal Nº 13.512. Como resultado de estos trabajos Ud. se ha visto doblemente perjudicada; como titular del sector propio, en los electrodomésticos ubicados o instalados en su departamento, y como miembro del Consorcio y en la proporción que le corresponde sobre los sectores comunes del edificio, en la cañería mencionada. Por lo tanto y por lo expuesto, le aconsejo adoptar el siguiente procedimiento: a) recabar de los comercios especializados y/o de los técnicos correspondientes un presupuesto completo de reparación de los aparatos, que contengan por separado los costos de materiales o repuestos a utilizar, por un lado, y por el otro los costos de mano de obra; todo esto respecto de los trabajos de reparación que aún no haya hecho y de los que no tenga las facturas por los importes que ya haya abonado; b) le aconsejo que pida por lo menos dos presupuestos y que sean de negocios o empresas que tengan debidamente al día sus datos impositivos, en suma: que la factura o presupuesto sea de personas regularmente inscriptas ante la AFIP; c) una vez que tenga estos elementos y sin más demora deberá consultar a un abogado para encauzar su reclamo de daños y perjuicios contra la propietaria del departamento del piso de arriba, intimación ésta que tendrá su comienzo en la remisión de una carta documento cuya redacción deberá estar a cargo del profesional mencionado; d) en una nota también será conveniente y necesario que le reclame a la Administración del Consorcio que le informe sobre la conducta adoptada frenta a los daños sufridos en el sector de cañerías y si ha presentado o no una intimación a la mencionada propietaria; e) en caso en que la Administración se haya mostrado negligente en la concreción de este reclamo, Ud. podrá plantearlo en la próxima asamblea. Una última reflexión: debido a que los trabajos parecen continuar hasta el presente y que, por ende, los daños podrían seguir produciéndose o agravándose, le aconsejo que sin perjuicio de concretar su reclamo por carta documento (en incluir en la misma la intimación al cese de las tareas en estas condiciones) pida por escrito la urgente convocatoria a una asamblea extraordinaria para que el Consorcio en su conjunto tome intervención en esta cuestión, puesto que parece que hay que detener de alguna manera a esta vecina dañina. Le mando un saludo cordial. --- El Dr. Jorge Armando Maldonado es abogado y está especializado en propiedad horizontal. Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a valthulemaldonado@ciudad.com.ar o comunicarse con él a los teléfonos 4632-5381 y (15)4169-4574. |
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