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Rincón Solidario

Dr. Jorge MaldonadoContesta el Dr. Jorge Maldonado

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

Comenzó a brotarse la pared

Hola, les repito mi pregunta porque no sé si les llego y realmente necesito que me respondan.

Hace unos meses comenzó a brotarse la pared que une el baño y la cocina, el plomero del edificio dijo que ahí puede haber un caño y por eso la humedad.

El administrador alega que es una humedad provocada por la dueña anterior y que por lo tanto me corresponde el arreglo a mí. 

¿Puede ser esto? 

Y mi otra consulta es si es obligatoria o no la instalación de antenas colectivas (de TV obvio)

Desde ya muchas gracias.

Verónica X.

(15/11/2004)

Estimada Verónica: aún una consulta aparentemente sencilla como la suya exigiría, para responderla con la mayor precisión, de dos elementos: 

a) una inspección ocular en el lugar, 

b) la lectura del reglamento de Copropiedad y 

c) eventualmente, un informe técnico. 

Estos son los recaudos que normalmente el abogado adopta cuando le plantean consultas como la suya. Limitados como estamos por el medio que nos comunica y en defecto de poder cumplir estos recaudos, igualmente le daremos una pauta para que al menos lo suyo no quede sin respuesta. 

De su relato se infiere que estamos en presencia de una pared o tabique interno del departamento, con una cañería secundaria de agua que conecta cocina y baño. 

Muy probablemente esto pertenezca a los llamados sectores propios o privativos y no a los comunes, por lo que, salvo que el Reglamento estableciese taxativamente que las cañerías de agua como elemento de propiedad común llegan hasta la pared donde asoman cañillas o duchas, y por lo tanto los gastos generados en la reparación pertinente estarán a su cargo. Pero por esta razón, y no porque la humedad "fue provocada por la dueña anterior". 

A su segunda consulta le respondo que la instalación de una antena colectiva se tornará obligatoria solamente en el caso en que una asamblea, regularmente convocada y constituida, haya votado en tal sentido con la mayoría que el Reglamento establezca para este caso; y en este caso, la decisión asamblearia se podrá ejecutar en la medida en que se cumplan las pautas administrativas municipales relativas a la seguridad de este tipo de instalaciones aéreas. 

Con lo respondido le mando un saludo cordial. 

Jorge Armando MaldonadoEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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El Dr. Jorge Armando Maldonado es abogado y está especializado en propiedad horizontal. Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a valthulemaldonado@ciudad.com.ar  o comunicarse con él a los teléfonos 4632-5381 y (15)4169-4574.


    

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