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Rincón Solidario

Sr. León R. EstrugoContesta el Adm. León Estrugo

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

Tenía deuda por expensas de un par de años

Adquirí un departamento en subasta judicial. Tenía deuda por expensas de un par de años. Esta deuda se iba incrementando en el porcentual correspondiente más los intereses. A partir del momento en que me dieron la posesión, comencé yo a abonar las expensas.

Nunca figuró ninguna expensa extraordinaria para compensar las que no se abonaban. Había otro departamento en juicio que tampoco pagaba expensas. 
Cuando el juez dispuso que la quiebra abone las expensas atrasadas de mi departamento se repartieron el dinero que entró al consorcio, entre los departamentos que no habían tenido deuda. 

Como en la Asamblea que se llevó a cabo yo manifesté mi desacuerdo, a partir de ese momento, por el otro departamento que estaba en juicio, el nuevo administrador comenzó a cobrar una expensa extraordinaria por el importe de la expensa correspondiente al departamento que no abonaba pero que igualmente se le iba incrementando la deuda.

Cuando el juicio abonó estas últimas expensas al consorcio, nuevamente se volvieron a repartir el dinero entre los que no habían tenido deudas y a mí me adjudicaron solamente la suma que integré por pago de expensa extraordinaria.

Nuevamente volví a protestar en la asamblea respectiva y solicité al administrador que me suministre la documentación que lo avala para proceder de esta manera pero, me dijo que por orden del consejo de administración y por lo que le "dijo" el administrador anterior. Me sugiere que vea el expediente del juicio para tratar de encontrar documentación. 

Esto me perjudica enormemente porque se encaran mejoras de alto costo en el edificio pagaderas al contado porque los demás copropietarios cuentan con las sumas ingresadas por los juicios y yo debo afrontar expensas onerosísimas por no participar de la misma manera.

Agradeceré una orientación sobre el particular y desde ya les agradezco.

Susana C

(29/11/2004)

Estimada Susana

El importe ingresado a las arcas del consorcio corresponde a la caja del consorcio y no a la de los propietarios. En el supuesto de que hayan implementado una cuota extraordinaria para reemplazar las expensas que no ingresaban, el proporcional de esa cuota también se le debía aplicar a los que no abonaban y por ende engrosaría el monto de la demanda a dichas unidades funcionales.

Lo que han hecho, si es exactamente como Ud. manifiesta, es incorrecto y puede demandar al administrador por una mal manejo de los fondos del consorcio, y aunque el consejo de propietarios tome una determinación, el administrador es quien la debe ejecutar y es el responsable por haber realizado algo que no corresponde.

Lo correcto es, si se resuelve repartir el dinero ingresado, es realizarlo en forma proporcional a los porcentuales de cada unidad funcional y por el total de las unidades.

Ante cualquier duda estoy a su disposición.

León R. EstrugoEnvíe desde aqui su comentario sobre esta nota

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El Adm. León R. Estrugo es titular de la Defensoría del Consorcista (Sta. M. de Oro 15 - San Bernardo - Teléfono: (02257) 46-8866) y un administrador de consorcios con amplia experiencia en el tema  y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a info@administracion.net.ar o llamarlo al teléfono en Capital Federal 4443-2466.


    

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