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Curso de sueldos para Propiedad Horizontal

Curso/taller de Liquidación de Sueldos General


Rincón Solidario

Dr. Jorge MaldonadoContesta el Dr. Jorge Maldonado

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

El día a día de la vida consorcial
Estimado Sr. Director: quisiera ampliar sobre una pregunta que realizó un lector sobre un tema puntual y específico hace uno o dos boletines porque eso también pasó en nuestro consorcio.

Uno de los miembros del Consejo de Administración es candidateado por los vecinos para renovarse en su puesto y votado (en sentido afirmativo) sin estar él presente. Esto viene sucediendo hace varios períodos y yo -aunque no me molesta en particular- quisiera saber si es legal.

Desde ya les agradezco esta oportunidad que me brindan para poder evacuar estas "pequeñas" dudas que permanentemente nos surgen en el día a día de la vida consorcial

Luis José A

(31/12/2004)

Estimado Luis José: su sentido común no lo engaña. Ante una candidatura para integrar un Consejo de Administración es necesario no sólo que algún copropietario la proponga, sino que el candidato acepte candidatearse; sólo cumplido este lógico proceso se podrá pasar a la votación, designación y posterior toma de razón en el libro de actas dejando expresa constancia de la composición definitiva del Consejo. Es imprescindible una exteriorización de la voluntad, en sentido afirmativo, por parte de ese copropietario.

Por otra parte, adviértase que no constituye un buen augurio respecto de su futuro desempeño el hecho de que este candidato ni siquiera se encuentre presente o haya justificado su inasistencia a la asamblea que trata su propia designación.

Además, aprobar la designación de un ausente implica un riesgo: que posteriormente éste no acepte hacerse cargo de sus funciones, o que aún aceptando no las cumpla, y que quede de esta forma configurada una vacante (real o virtual) en el Consejo, circunstancia ésta que perdurará hasta que en una nueva asamblea deba corregirse esta situación.

Como verá, aún en temas de sencilla resolución como este que Ud. propone, no aplicar el sentido común puede traer consecuencias no deseadas y totalmente evitables. Y si de lo que se trata, según se infiere de su relato, es de que están intentando perpetuar un Consejo adicto o demasiado permisivo para con el Administrador prorrogando eternamente designaciones anteriores, la solución consiste en impugnar en la asamblea este procedimiento manifiestamente irregular o, en su caso, requerir al administrador la convocatoria a una asamblea extraordinaria a fin de solucionar esta situación.

Le mando un saludo cordial.

Jorge Armando MaldonadoEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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El Dr. Jorge Armando Maldonado es abogado y está especializado en propiedad horizontal. Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a valthulemaldonado@ciudad.com.ar  o comunicarse con él a los teléfonos 4632-5381 y (15)4169-4574.


    

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