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Rincón Solidario Mis perros fueron criados en departamento Alquilé
un departamento en la ciudad de Córdoba capital. Me instalé con todos
los servicios conectados, alquiler y comisión pagados, a lo 15 días me
hacen saber que alguien del edificio avisó que había visto 2 perros en
mi terraza de uso exclusivo. El administrador me da el reglamento interno
(que concuerda con el de copropiedad del edificio) en el que consta la
prohibición de tenencia de animales domésticos. Mis
perros son un caniche mediano y un lassa apso, fueron criados en
departamento en edificio de propiedad horizontal, nunca hubo quejas por
ruidos (ladridos) o problemas de higiene, aquí no los subo al ascensor
porque bajo por escalera al 3 piso (estoy en 4 piso) donde entro a la
cochera y bajo o subo por donde pasan los vehículos, por lo cual no andan
en los pasillos ni por la entrada principal del edificio sino por la
cochera únicamente. Muchas
gracias, les ruego me contesten a la brevedad porque debo contestar al
consorcio. En principio, desde el punto estrictamente legal y reglamentario, la posición de la consultante es endeble. Si el reglamento de copropiedad prohíbe expresamente la tenencia de animales domésticos en el consorcio, no es necesario agregar ningún tipo de comentario al respecto. En relación a que un locatario alquiló un departamento en desconocimiento de las cláusulas reglamentaria sobre prohibición de tenencia de animales, tampoco se puede alegar como sustento para justificar la dicha tenencia. Cabe agregar que la jurisprudencia se ha pronunciado reiteradamente, en el sentido que absolutamente todos los integrantes del consorcio, incluyendo locatarios, deberán respetar el reglamento de copropiedad y administración como a la ley misma. En
cuanto al hecho puntual de la consulta, sugerimos a la consorcista
extremar los cuidados para
evitar cualquier tipo de molestias a otros vecinos resultantes de la
tenencia de los perros, en particular, ladridos, olores desagradables, o
agresiones de las mascotas a cualquier condueño. Juega a favor de la consultante, el hecho que, si la defensa en el eventual juicio está bien planteada, el tiempo que tarde la sentencia que haga excluir a los animales del consorcio, seguramente llegará con posterioridad al vencimiento del contrato de locación. Les envío un cordial saludo. --- EL Dr. Juan Iglesias es abogado especializado en propiedad horizontal, derecho penal y es conductor del programa de radio "La Voz del Consorcista". Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a consorcistas@hotmail.com |
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