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Rincón Solidario La
ropa por los balcones En el edificio que habito hay departamentos que no cumplen con la prohibición de colgar la ropa por los balcones, (aspecto que figura en el Reglamento de Copropiedad) por lo cual esto se transformaría lentamente en un lugar poco deseado para vivir sin tener ese paisaje. Pregunto si existe algún tipo de sanción para este tipo de actitudes ya que se los intimó personalmente en varias oportunidades y no cambian su postura. Algunos son inquilinos y otros propietarios. Entiendo que a esta problemática habría que darle un corte definitivo de alguna manera. Gracias Marcelo (24/3/2005) Sr. Marcelo: lo que Ud. refiere es un grave problemas con los que nos encontramos en la actualidad en los consorcios, el desprecio por las normas de convivencia establecidas en el reglamento de copropiedad. Con el objeto de solucionar el problema que consulta, le informo que en este tema debe intervenir el administrador, que es el representante legal del consorcio, si las personas que cuelgan la ropa son locatarios, deben intimárselos no solamente a ellos sino a los propietarios de las unidades funcionales. En caso de no cumplimiento al reglamento, deberán solicitar una mediación, puede ser en algún centro de gestión y participación, que es gratuito, o solicitar una mediación con algún mediador privado, que en este caso es onerosa, y por último accionar judicialmente por incumplimiento de reglamento. Lo que no puede aplicar el consorcio "per se" es multa alguna, ésta debe ser ordenado por un juez. Atte. --- La Dra. Diana Sevitz es abogada, mediadora y árbitro en propiedad horizontal y de los tribunales arbitrales de consumo, es co-conductora del programa de radio Consorcios Hoy y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a dsevitz@velocom.com.ar o llamarla a los teléfonos 4784-8251 / 4784-8072. |
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