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Rincón Solidario

Adm. Adrián HilarzaContesta el Adm. Adrián Hilarza

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

Consulta sobre el administrador

De mi consideración: me enteré de casualidad sobre la existencia de un registro obligatorio para los administradores. Ahora bien, mi duda está dada en el hecho de que el administrador viene desarrollando sus tareas desde hace muchos años en forma onerosa pero sin la entrega de recibo alguno. ¿Qué ocurre si se niega a su registro?. ¿Se podría prescindir de sus servicios sin responsabilidad para el consorcio?

Le agradeceré su respuesta.

Saluda atte.

María Laura M

(5/4/2005)

Estimada María Laura M.:
En principio los administradores de consorcios que ejerzan este tipo de actividad en forma onerosa dentro del ámbito de la Ciudad de Buenos Aires deben inscribirse en el Registro Público de Administradores (R.P.A.) del GCBA/Ley Nº 941 (Defensa al Consumidor sito en Esmeralda 340 - Capital Federal). De hecho para estar inscripto en el mismo se debe poseer CUIT, entre otras exigencias.
El administrador bajo estas circunstancias no debe negarse a estar inscripto ante la AFIP y al R.P.A.

No obstante ello, curiosamente no tiene sanción el administrador por no estar inscripto en el R.P.A. ya que al no estar inscripto, mal puede ser sancionado y sobre el consorcio no recae ningún tipo de responsabilidad al respecto.

Pero sí, es corresponsable en tener un administrador que ejerza su actividad comercial por la cual no emita ningún tipo de comprobante oficial a su cliente de acuerdo a las exigencias de la AFIP. Por ello la importancia que el consejo de administración ejerza su poder de contralor para evitar tales prácticas.

¿Prescindir de sus servicios? con una asamblea legalmente constituida y respetando las mayorías necesarias establecidas en el Reglamento de Copropiedad y Administración del edificio siempre el administrador puede ser removido, con esta/s causa/s o no.

Esperando haber sido lo más claro posible, saludo a Ud. atentamente,

Adm. Adrián HilarzaEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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El Adm. Adrián Hilarza es presidente de la Asociación Administradores Independientes de Propiedad Horizontal (AIPH) y para cualquier consulta se le puede mandarle un e-mail a info@aiph.com.ar


    

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