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Rincón Solidario La administración anterior efectuaba una reunión cada 4 años y se le aprobaba el balance desde esa fecha para atrás. Cuando se sacó a esta administración se efectuó la aprobación de gestión con una auditoría y se comprobó que desde el 99 al 2000 ingresaba al edificio más dinero de lo que se informaba por mes. Tampoco llevaron libro de administración y haberes. La pregunta es: ¿estamos habilitados para realiza un juicio por estafa y un juicio civil por no cumplir con lo establecido en nuestro reglamento de copropropiedad? Perdón con lo extenso del texto pero se trata de $12.000 y me surge esta duda. Andrés B (30/3/2005) De la consulta no surge claramente cómo fue la secuencia real de los hechos que Ud. relata. No nos informa, por ejemplo, en qué fecha fue removido el Administrador y en qué momento se concretó la auditoría. Sin embargo, y con esta salvedad, pasaremos a responderla. A) No se ajusta seguramente a lo previsto en el Reglamento de Copropiedad y Administración de su edificio la convocatoria a asamblea general ordinaria cada cuatro años. Lo normal es que el ejercicio financiero sea anual y el control y aprobación del mismo, a través de la asamblea, también. B) Sin embargo, si en cada una de las asambleas que convocó el Administrador concretó la rendición de cuentas de los cuatro años anteriores y si, además, el voto mayoritario reglamentariamente computado se las aprobó, esa anomalía quedó purgada y la gestión quedó aceptada. Corresponderá examinar la posibilidad de que haya nulidades en alguna o todas esas asambleas y sus respectivas actas, controlando que las convocatorias se hayan concretado correctamente, que las asambleas hayan sesionado reglamentariamente, que las votaciones se hayan concretado como corresponde, que se haya tomado nota de las impugnaciones o disidencias, y que las actas hayan reflejado formalmente todo esto. Si no hay observaciones que formular, el Consorcio se expresó y fue aprobando cada una de esas gestiones de la Administración. C)
No se comprende bien qué sucedió en la última asamblea, cómo se
removió al Administrador, en qué momento se concretó la auditoría
contable (si antes o después de la misma), y si aún con las
irregularidades que ese informe señaló se aprobó o no igualmente la
gestión de la Administración en el último período pendiente. Saber
esto es fundamental para poder señalarle los pasos concretos a seguir y
las distintas posibilidades de accionar contra la Administración. El
examen tanto del acta de esta última asamblea cuanto de la auditoría
contable es imprescindible, ya que rápidamente posibilitaría el encuadre
jurídico actual de la situación. Es sumamente importante que Ud. y sus vecinos no se demoren puesto que, en casos como éste, la celeridad adquiere muchas veces características decisivas. Con lo respondido le envío un saludo cordial. --- El Dr. Jorge Armando Maldonado es abogado y está especializado en propiedad horizontal. Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a valthulemaldonado@ciudad.com.ar o comunicarse con él a los teléfonos 4632-5381 y (15)4169-4574. |
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