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Rincón Solidario Debían hacerse por cuenta de los propietarios Buenas tardes: El consorcio donde vivo en Asamblea Ordinaria dispuso que los arreglos de los balcones, debían hacerse por cuenta de cada uno de los propietarios, en virtud que tiempo atrás, cuando no había fondos para esos efectos, fueron muchos los que los hicieron en forma particular. Ahora que se dispone de dinero y al ser los balcones propiedad conjunta de uso exclusivo (creo que así era la figura) ¿no corresponde se haga cargo el consorcio (sobre todo teniendo en cuenta que en caso de un siniestro el responsable es el edificio y no el propietario particular)? Atentos saludos y gracias Néstor O (19/4/2005) Es bastante frecuente que en muchos Consorcios se decidan en asambleas distintas modificaciones a normas del Reglamento de Copropiedad y Administración, a veces inconscientemente, las más de las veces no respetando ni el orden del día, ni el quórum ni las mayorías necesarias u otros recaudos formales esenciales. Y al correr del tiempo esas modificaciones "de facto" se aplican y surten inclusive ciertos efectos, hasta que surge un conflicto que exige el encuadramiento jurídico de la situación. Y es entonces cuando quedan puestas de relieve estas falencias y, consecuentemente, se verifica la ilegalidad de tales modificaciones. Contestando pues a su consulta, le diré que pasada aquella emergencia circunstancial debe el Consorcio volver a la plena legalidad. Y ésta indica que estas erogaciones deberán estar a cargo del conjunto de los copropietarios. Con lo respondido le envío un saludo cordial.. --- El Dr. Jorge Armando Maldonado es abogado y está especializado en propiedad horizontal. Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a valthulemaldonado@ciudad.com.ar o comunicarse con él a los teléfonos 4632-5381 y (15)4169-4574. |
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