'

La herramienta exacta: Este mensaje se lee 60 mil veces por mes !!!

La herramienta exacta: Este mensaje se lee 60 mil veces por mes !!!


Rincón Solidario

Cr. Sebastián H. WolkowiczContesta el Cr. Sebastián H. Wolkowicz

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

Aumento de expensas
Pertenezco a un consejo de administración, al igual que mis compañeros y no sabemos precisamente cuáles son nuestras atribuciones. Sólo cotejamos los gastos presentados por la administración. Me gustaría saber cuáles son nuestros derechos y obligaciones.

Otro tema que me preocupa es la arbitrariedad con que se maneja la administradora para determinar el aumento de expensas. Me interesaría saber cuál es el mecanismo para determinar el valor de la misma.

Disculpen las molestias pero soy muy nueva en esto y mis conocimientos sobre el tema son muy reducidos. 

Gracias por su atención.

Saludos atentamente.

Mónica M.

(27/6/2005)

Estimada Mónica:

Los derechos y obligaciones del Consejo de Administración son los mismos que para cualquier propietario y éstos figuran en el Reglamento de Copropiedad y Administración de su edificio. En este también debería figurar la creación de un Consejo de Administración, cuántos propietarios deberían integrarlo, los plazos de su mandato y las atribuciones del mismo. Este debería ser el nexo entre el conjunto de propietarios y el administrador y podría entre otras cosas, como usted comenta, controlar que los gastos liquidados por la administración tenga su correlativo comprobante legal. 

Con respecto al monto de recaudación de expensas pueden utilizarse distintos sistemas como ser:

1) una cuota fija sobre un cálculo estimado de gastos mensual, el cual se mantendrá en el tiempo hasta que se decida un nuevo monto, que es aconsejable que sea tratado y aprobado por Asamblea, ya sea por una serie de incrementos en los abonos del edificio, sueldos y cargas sociales, nuevos gastos, etc, que ameritan un recálculo de la cuota fija a recaudar o simplemente con la finalidad de formar un Fondo de Reserva para un fin específico. 

2) otra forma de recaudar las expensas es por los gastos efectivamente realizados, por lo que la expensa mensual a pagar variará de acuerdo a las erogaciones que realice el administrador en el mes. El sistema a aplicar también puede encontrarlo en el Reglamento de Copropiedad y Administración o en algún Acta de Asamblea. Los sistemas que mencioné son los habituales pero podrían aplicarse otros o ambos en una misma liquidación, por ejemplo recaudando en columna `A´ por gastos efectivamente realizados y en columna `B´ un monto fijo para la constitución de un Fondo de Reserva o para cubrir algunos gastos extras.

Esperando haber sido lo más claro posible, la saludo atentamente y le deseo muchos éxitos.

Sebastián Hutler WolkowiczEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

---

El Contador Hutler Sebastián Wolkowicz es Auditor y Administrador de Consorcios con amplia experiencia en el tema y cualquier consulta que se desee se le puede hacer escribiéndole al e-mail administracion@estudioshw.com.ar


    

 Pequeñas Noticias en las redes sociales con toda la actualidad: Twitter - Grupo de Facebook - Noticias en Facebook - Google +


[ El contenido de este sitio -escrito, fotogáfico y artístico- está protegido por las leyes vigentes de propiedad intelectual - Queda prohibida su reproducción total o parcial -por el medio que sea- sin autorización escrita de Pequeñas Noticias ]

' ' '