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Rincón Solidario Hola, como va tanto tiempo. Los consulto porque me surgió una duda. Un colega tiene en su edificio a una persona con más de 70 años y más de 10 años de aporte (o sea, reúne los requisitos para acceder a la jubilación por edad avanzada). El consorcio quiere intimarlo para que gestione el retiro y esperar, en caso de que no lo haga, el lapso reglamentario. ¿Es posible esta alternativa o sólo se puede intimar a que gestione el retiro en los casos de jubilación ordinaria y no para la jubilación por edad avanzada?. Es muy importante saberlo. Espero su respuesta y como siempre gracias. Carlos F (10/6/2005) Estimado Carlos: Sí pueden intimarlo a jubilarse. Es suficiente conque tenga derecho a un beneficio. Un saludo cordial --- La Dra. Elena Mitjans es abogada egresada de la Universidad del Salvador con Diploma de Honor. Ha sido docente universitaria, dicta cursos de graduados y ha participado en numerosos congresos nacionales e internacionales. Es miembro de la Comisión de Previsión Social de la Asociación de Abogados, ha sido legisladora de la Ciudad de Buenos Aires, ha tenido intervenciones televisivas, como invitada en distintos paneles, siempre en el tema de la especialidad; con un Micro como columnista en Debate Nacional, Cablevisión (1995), Chocolate por la Noticia, VCC, Canal de la Mujer (1996/97) y MC7. Canal 7 y ha colaborado en distintos medios periodísticos, entre ellos el diario La Nación. Para cualquier consulta se le puede escribir a elenamitjans@pequenasnoticias.com.ar |
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