|
|
Rincón Solidario Amos y señores de nuestros bienes Estimados Señores: Soy
un asiduo lector de vuestros boletines y mucho les agradezco la
información que en ellos vuelcan por su claridad y ayuda a nosotros, los
consorcistas, que debemos padecer la arbitrariedad de los administradores,
muchas veces convertidos en amos y señores de nuestros bienes y lo que es
peor en connivencia con quienes hemos nombrado para controlarlos, me
refiero al Consejo de Administración. Mi pregunta es: en el mes de abril pasado se realizó la asamblea ordinaria y se rechazó la documentación presentada por el administrador en relación con el ejercicio anterior (rendición de cuentas), solamente se le aprobó un aumento del 15% en la cuota de expensas (pagamos cuotas fijas) en una asamblea impugnada por mí y de lo cual hay constancia. No obstante todo sigue igual como si la no aprobación de la rendición de cuentas no tuviera ninguna importancia. ¿Qué debemos hacer? Les
cuento además que están en ejecución dos juicios: uno por Interdicto de
Obra Nueva y otro por Nulidad de Asamblea iniciados el año pasado, el
primero tuvo una aceptación inmediata y decisión judicial favorable,
pero aún no hay sentencia definitiva, algo parecido ocurre con el de
Nulidad. Ya ha sido pedido a su Señoría que emita sentencia. Desde ya muchas gracias por la ayuda que puedan prestarme y los aliento a seguir adelante con vuestro cometido. Los saluda Atte. Juan Carlos B (11/8/2005) En cuanto a lo relatado en la primera parte de su consulta, debo comenzar señalando que tanto la impugnación (total o parcial) de una asamblea como el rechazo de una rendición de cuentas son elementos instrumentales, herramientas, que no tienen un fin en sí mismo sino que, por el contrario, deben ser el comienzo de un procedimiento destinado a resolver una determinada situación o estado de cosas. En otras palabras: de nada sirve utilizar cualquiera de estos dos mecanismos sino no se actúa inmediata y consecuentemente en prosecución del objetivo principal consistente, por ejemplo, en la remoción del administrador o en la convocatoria de una nueva asamblea para que éste rinda las cuentas de su gestión anual. En consecuencia, en lo atinente a la rendición de cuentas que está pendiente deberá reunirse el número de propietarios que exija el Reglamento de Copropiedad y Administración para intimar al administrador, por medio fehaciente (carta documento, por ejemplo), a fin de que convoque a la brevedad a una asamblea extraordinaria para rendir nuevamente las mismas. La negativa del administrador a convocar la asamblea o la falta de adecuada rendición de cuentas podrá dar lugar a ingresar en el estadio siguiente que, según el caso, podrá consistir en un pedido de asamblea judicial y/o en el de la remoción del administrador. No debe olvidarse que la falta de rendición de cuentas, o de aprobación de las rendidas, coloca al consorcio en una situación de inaceptable incertidumbre sobre el real estado económico y financiero del mismo, lo cual torna además sospechosas las sucesivas liquidaciones mensuales de expensas que se presentan al cobro. En cuanto al segundo párrafo de su consulta, debo decirle que no es muy claro ni preciso su relato sobre los juicios que Ud. menciona. Dada la trascendencia de los mismos y por formar parte de la rendición de cuentas el informe legal correspondiente, deberá ponerse especial énfasis sobre esta cuestión en la requisitoria a dirigir al administrador para la convocatoria a asamblea extraordinaria. Ese será el momento de despejar cualquier duda que exista sobre el particular. Dadas las características de sus inquietudes, y ante la posibilidad cierta de que todo esto derive en un conflicto judicial, le sugiero a Ud. y a sus vecinos ponerse en contacto con un abogado especialista a la mayor brevedad posible. Con lo respondido le envío un saludo cordial. --- El Dr. Jorge Armando Maldonado es abogado y está especializado en propiedad horizontal. Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a valthulemaldonado@ciudad.com.ar o comunicarse con él a los teléfonos 4632-5381 y (15)4169-4574. |
|
|
Pequeñas Noticias en las redes sociales con toda la actualidad: Twitter - Grupo de Facebook - Noticias en Facebook - Google + |
[ El contenido de este sitio -escrito, fotogáfico y artístico- está protegido por las leyes vigentes de propiedad intelectual - Queda prohibida su reproducción total o parcial -por el medio que sea- sin autorización escrita de Pequeñas Noticias ]
' ' '